Ese es el problema. Si uno no está de acuerdo con la respuesta que ha dado otra persona, lo normal es que la corrija, no que diga "me voy" porque aquí se dan respuestas negligentes. De todas maneras, unos abogados se van y otros vienen y otros se quedan. Muchísimas gracias, de corazón, a los que se quedan por tener tanta paciencia con nosotros, y mostrar tanto respeto por los que lo único que intentamos es aclararnos y resolver los problemas que día a día nos agobian y no tenemos otro modo de solucionarlos.
Este foro sin damaot será lo mismo que sin cientos y cientos de buenos abogados que se han ido hartos de pelear con contestaciones absurdas y en cierta medida negligentes.
Y siguiendo con Amaral, "sin ti no soy nada"; yo digo, damaot, este foro sin ti no es nada. Eres absolutamente imprescindible. Te lo digo de verdad, como todo lo que digo (menos en lo que me equivoco, claro, que eso ya no depende de mi)
jade, digo Maria Rosa, en tu comunidad hay mayores de 70, luego el establecimiento del servicio de ascensor sería por mayoría como marca la Ley. Otra cosa es que en el acta no basta con que ponga que "se aprueba por mayoría". Tienen que constar las personas que han votado y su cuota de participación. De no ser así, ese acta podría anularse. Sobre esto ya hay alguna sentencia. Ahora no me acuerdo ni dónde la leí pero tu abogado te puede informar.
En tu caso, de haberse aprobado por la mayoría, que no la hay, yo creo que estarían obligados a pagar todos. Para exonerar a alguien hace falta unanimidad.
Todo esto si no lo rebate alguien que sepa más que yo que son casi todos los que participan en el foro. Porque yo he aprendido gracias a tener un administrador pésimo, que ha hecho bastantes cosas mal y me he visto obligada a informarme por todas partes para defendernos. Mira por donde, "No hay mal que por bien no venga"
¡Ojo al dato! Eso que dices de que en segunda convocatoria también será necesario aprobar el acuerdo por 3/5 partes y no por mayoría simple es muy importante. No me pasa desaparecibido. Porque si es así, he de decir que se está haciendo mal en casi todas las comunidades. ¿O estás de broma?
¿Espectáculo dices? Ni que fuera el juicio un teatro y los letrados los actores. Me pregunto qué papel tienen los acusados y acusadores en el espectáculo.
Maria Rosa, una cosa es el estudio y otra el aprendizaje. Cuando saqué el carnet de conducir, pensé que sabría algo. Y sólo sabía la teoría, que eso sí, me la sabía de memoria. Pero cuando cogí el coche en serio, por poco despeño el coche y a mi misma claro.
¡Cuánto me cuesta expresar lo extrictamente necesario! Claro que, todavía no sé que es lo extrictamente necesario porque para mi todo lo que se dice lo es.
Hola Lorea, cielo. Si soy abogada y conozco personalmente al Sr. Turpin (te dire que es un autentico espectaculo verle actuar en Sala y no solo dicho por mi), aunque él no sabe quien soy yo (aunque si dijera mi nombre enseguida me reconocería). En el ejemplo del ascensor en segunda convocatoria también sera necesario aprobar el acuerdo por 3/5 partes y no por mayoria simple. Otra cosa. Me parecen muy interesantes las intervenciones de Lego (aunque la tiene tomada con damaot). Un besito.
Hola, jade.
De acuerdo en que dick. probablemente es quien más sabe, y por lo que yo leo, y siempre bajo mi punto de vista, a damaot no le fastidia eso. No se si a él, pero a mí lo que me jod. es que algunos LEGOS ataquen injustamente a quienes participan con el único propósito de ayudar, en la medida que pueden, con sus experiencias….. Les mandan callar (¡¡CON QUE DERECHO!!) argumentando absurdeces y faltando el respeto sin aportar nada positivo.
Como muy bien dice discolo, una cosa son las Leyes (al alcance de todos, unos memorizando y otros copiando) y otra la interpretación que le puedan dar SS.
Si sigues mi caso te darás cuenta que, aunque los letrados sepan mucho en general, el mío, en LPH, no debe estar muy puesto. Y el de la Comunidad tampoco, pues no sabe que el plazo para impugnar acuerdos contrarios a la Ley es de un año y le dijo al Juez que mi demanda estaba fuera de plazo (95 días). También dijo, muy enfadado, que para modificar los estatutos tiene que haber unanimidad. La defensa de la Comunidad pretendía convencer al Juez de que la “mayoría aplastante, totalmente manipulada y falseada podía sustituir a la unanimidad. ¡Menuda lección de LPH. les dio el Juez a los letrados!. Y ahora, si buenamente alguien puede o quiere contestar a las anteriores preguntas …… si no me fastidiaré y si me dicen que estoy equivocada que me digan en qué y porqué pero sin faltar.
Lorea, Ya se que lo que no conste en la demanda no existen. Mis amigos saben mucho, tienen mucho trabajo y en LPH. no tienen experiencia, de todas formas, en lo esencial si me ayudaron. Hay cosas que son muy complejas y sólo el Juez es quien decide. Yo soy más dada a ayudar que a pedir ayuda. En el despacho de mis amigos abogados estuve ayudando (archivos, IVA. Etc.) Estaban muy agobiados, y yo tengo experiencia, y soy muy activa ordenando, archivando, y calculando (no tengo abuela) pero las faltas de ortografía y la ignorancia me matan.
Verás lorea, que las dudas que tengo nadie me las despejará.
Las Actas sí se han presentado pero no se habla de la forma y manera en que se han conseguido y computado los votos.
Saludos.
Y yo aprecio un montón a damaot, a Discolo5G, a Maria Rosa, a Dick Turpin y a otros/as cuantos y me gusta lo que dicen. Y al que le pique que se rasque.
Es cierto jade, mi amor, que a las juntas va muy poca gente porque la verdad es que bastantes "pasan". Por eso se suele hacer lo que se hace y ha pasado a ser lo habitual. Éste es el primer despropósito. Todo el mundo debiera saber que para llegar a un acuerdo que precisa 3/5 debieran estar en primera convocatoria (pero no saben y ¿por qué no saben?)
Yo creo que debiera forzarse en las comunidades a que esto fuera así (por supuesto sin bonificar a los asistentes) para no tener que llevar estos temas tan serios a una segunda convocatoria. Lo que normalmente sucede es lo contrario, que a propósito se espera a la segunda incluso habiendo quórum en la primera ¿razones?
Es una solemne tontería que los que han asistido a la reunión, decidan cosas que después los ausentes pueden variar con sus discrepancias, ¡y todo a freir churros! Y los que han perdido el tiempo, lo han perdido bien.
Cuando en una Comunidad se viera que, o se presentan a la 1ª convocatoria o no avanza el tema, ya verías como se entregan representaciones y hay quórum para la primera.
Otro despropósito: Tema ascensor (por seguir con lo mismo). Se presentan todos los propietarios (es decir, la comunidad en pleno) ¿Con qué mayoría se toma el acuerdo? pues 3/5, lógicamente.
Y ¿si se presentan la mitad más uno (en segunda) que también es quórum? ¿por qué por mayoría simple?( entendiendo ésta como la mitad más uno que es como dice la ley y no mayor número de votos de Si o de No) ¿Acaso deja de ser importante la decisión por realizarse media hora más tarde? ¿Vas entendiendo mis dudas, cariño?
Maria Rosa, SSª no se lee las actas si no se presentan como prueba. Si tu letrad@ no las ha presentado, difícilmente las lea el juez.
De todas maneras todas estas consultas que haces aquí, ¿por qué no te las contesta tu abogado o en el despacho de esos amigos/as que también son abogados? Yo no dejaría a una amiga jamás con una duda si estuviera en mis manos solucionarlo aunque tuviera que investigar.
jade ¿eres abogada? De acuerdo que Dick Turpin es un gran profesional pero, por favor, ¿cómo le va a fastidiar eso a alguien? Tampoco lo que dice damaot fastidia a nadie. Ya somos mayorcitos/as para admitir o rebatir sus opiniones. "Y al que le pique que se "arrasque" Son palabras que has utilizado tú, ¿vale? Por eso está entre comillas porque no son palabras de mi manual.
Te hablo de memoria. Se viene admitiendo últimamente que con la aprobación de la instalación del ascensor, se apruebe conjuntamente el reparto del costo de la obra.
Contrasta esta información, pero que te aporten alguna sentencia, o sea, que no te fies de lo que te diga cualquiera. Tú misma.
Hola a todos.
Alguien puede contestar a mis dos ultimas preguntas?. Simplemente necesito una respuesta, aunque me fastidie.
Sé que me quedaré con las ganas pero no será porque no lo he intentado Gracias.
Lorea. ¿Que has puesto en el post del burofax que han borrado?. Pues no creo que a ti te borren nada. Eres limpia de corazón, y muy sincera. Claro que ha veces ser sincero hace daño.
Hola Lorea.
Si lo que cuento te parece impresionante Ahí va eso:
Asistencia a Junta : 19 propietarios.
Votos conformes con la instalación y el reparto: 11, pero 4 votan a cambio de quedar exentos del pago.
Según esto, de los 19 asistentes sólo están dispuestos a pagar, y según altura 7. Según el administrador como hay mayorías todos los propietarios estamos obligados a pagar, excepto los exonerados.
Mi abogad@, que se supone está para defenderme, en la demanda no hace mención de ello, entonces el Juez por muy justo que quiera ser, si no conoce la verdad…. . No creo que el Juez profundice y repase las Actas. ¿Cómo lo veis?. ¿Algún consejo?. Gracias.
Saludos.
Lorea guapa un tema que necesita unanimidad o mayoría de 3/5 no solo se puede aprobar en segunda convocatoria, sino que lo mas habitual en este pais es que se haga asi porque no se suele conseguir quorum suficiente en primera convocatoria asi que no entiendo muy bien a que te refieres en tus intervenciones. Lo que si tengo claro es que dick tiene razón cuando te dice que la ley es un desproposito. Aunque no es suyo. Muchisimos articulistas dicen lo mismo que el y aqui probablemente es el que mas sabe de todos nosotros aunque a damaot le fastidie.
Y ¿por qué ha desaparecido el post del burofax, Sr /Sra. moderador/a?. La última opinión ha sido la mía. ¿He dicho alguna inconveniencia? Pues no ha sido mi intención. Lo siento.
María Rosa todo lo que cuentas es impresionante.
En el supuesto que has planteado. Suponiendo que se pueda realizar en 2ª, de 23 asistentes 11 Si y 8 No, no hay ni acuerdo en la Junta.
Según todo lo que hemos discutido sobre este tema en post anteriores, lo dice bien claro la Ley: "En segunda convocatoria serán válidos los acuerdos adoptados por la mayoría de los asistentes, siempre que ésta represente, a su vez más de la mitad del valor de las cuotas de los presente". Más de la mitad de las cuotas de los presentes y más de la mitad también de los asistentes. O sea, precisaban otro voto Sí para el acuerdo a favor en la Junta (12). Se han añadido votos favorables a un acuerdo inexistente. ¿Podría ser un acuerdo nulo?
¿Molesta? En realidad, por saber, no sé ni siquiera con quien estoy molesta. No me gusta hablar con duplicados. Eso quería decir con lo del clon pero parece que Discolo no me ha entendido y me ha expuesto lo del diccionario. Discolo5G, ¡cómo no voy a saber lo que significa Lorea!
Hola.
Insisto:
Si en la Junta se propone algo que es contrario a la Ley, y a los estatutos (modificación cuota participación) y entre los asistentes NO hay unanimidad, el voto de los ausentes y las abstenciones pueden considerarse como positivos?
Si la intención del secretario-administrador era modificar la cuota, no debería haberlo incluido en el ORDEN DEL DIA?.
Saludos.
Lorea. De los 4 ausentes de mi comunidad 2 tenían el piso alquilado, esto lo sabían en presidente y el administrador, y entregaron el acta a los que vivían de alquiler (esto algún Juez lo ha interpretado como la Fe). Los otros dos tenían el piso en venta. Ninguno, según ellos, recibió el Acta. Pagaban por el Banco y aunque se dieron cuenta (tarde) de que pagaban más, creyeron que era por obras, nunca imaginaron que fuese por la instalación del ascensor.
Haber que opinas de éste caso:
En la comunidad vive una mujer de 80 años, vive en lo que, según estatutos, son los trasteros; tiene un coeficiente del 2%. La buena mujer cuando tiene algún problemilla me llama. Hace años la dije que la estaban cobrando, en el recibo de gastos de comunitarios, a razón del 4,34%, lo mismo que al resto de “vecinos”. También se lo dije al administrador, pero ni caso. Ahora, que he impugnado judicialmente, es cuando le pasa el recibo a razón del 2%.
Saludos.