buenas tardes. Tengo una duda, y no sé muy bien si este es el foro adecuado. Si no es así, pido disculpas de antemano.
En julio del 2008, me llegó del juzgado, una mejora de embargo de mi nómina debido a un préstamo personal que habíamos solicitado mi marido y yo, al bbva en el año 2000. Mi marido fallece en el 2001 y yo, no puedo hacerme cargo del préstamo, puesto que me quedó una pensión de viudedad de risa.
Actualmente, estoy trabajando como funcionaria. En julio de hace dos años, me llegó una providencia, diciendome que se me embargará la parte proporcional de mi sueldo en el cuartel general de la armada. Lo curioso es que yo jamás he trabajado en la armada. Han pasado dos años, y a mí, nadie me ha embargado nada. Ayer, he recibido otro papelito del juzgado, igual que el de hace dos años. El de hace dos años, me ponía CITACIÓN para acudir, y en este último, me pone EMPLAZAMIENTO.
¿Es normal que, según la mejora de embargo que he recibido hace dos años, aún no se me haya efectuado el embargo? supongo que es por el error de mi centro de trabajo (hacen referencia a la armada). ¿cuando puede prescribir una sentencia en caso de que no se lleve a cabo?
Gracias a todos.
Pues no, no es más normal que pague por razones que no te voy a contar a tí. De todas formas, y aunque tu aportación no resuelve nada, gracias por contestar.
Las deudas tardan 15 años en prescribir, pero acepta que si no cuentas mas, si estabais casados en gananciales, la deuda es tuya, guapa. Ah, te pueden embargar el pisito.
Vaya morro, ¿razones? si aceptas una deuda y tienes trabajo, además de funcionaria, no puedes eludir el pago, estar esperando a que prescriba, sólo va a aumentar la deuda, por gastos de embargo y porque tienes que pagar un abogado y un procurador, además de ser condenada en costas en el juicio. A mi ni me van ni me vienen tus razones, pero si tienes una deuda, vaya que si vas a pagarla!
al ir a vender un coche me dicen que tiene un embargo, embargo que no nos ha sido comunicado en ningun momento, segun un empleado del juzgado esta sentencia esta archivada y nos dijo que posiblemente no nos molestarian mas, pero el embargo es de fogasa, del año 2001-2002. Quisiera saber como puedo hacer para dar de baja el coche y si la deuda prescribe, yo despues del año 2002 he estado trabajando y en ningun momento me han embargado la nomina, Ahora estoy jubilado por incapacidad total y no puedo afrontar dicha deuda. Muchasa gracias
Perito calígrafo, cuando necesite un informe de conducta, ya te lo pediré.
No tengo pisito a mi nombre, o sea que no vayas de listillo.
Y efectivamente, (gracias, violetaazul), me ha dicho hoy mi abogado, que una ejecución de sentencia prescribe a los 5 años, y aún por encima, la que me mandaron a mí, tiene errores garrafales, empezando porque mi puesto de trabajo no tiene nada que ver con el que me han puesto.
Nuevamente para perito calígrafo:
si te crea estress post traumático leer mis mensajes, no lo hagas, o bien prueba a tomarte un laxante antes de abrírlos.