... bueno, al final me quedo sin saber si el INSS valora informes que superen los seis meses anteriores a la inspeccion del EVI.. la otra cuestion, ya ni la planteo, entiendo que es una derrapada de la abogado... Un saludo!!!
Escanwalker, totalmente de acuerdo, al pan, pan y al vino, vino.
No obtante voy hacer mención a una practica muy habitual que se viene produciendo.
Refiriéndome a los abusos que ha habido , resulta que hay pacientes que estan poco menos que moribundos montando un escenario patético para conseguir una Incapacidad, pues resulta que una vez conseguida ya estan aptos para trabajar, y locos buscando faena.
Esta practica abusiva y muchas más nos ha llevado a la quiebra total del sistema.
En este país todos queremos una paga del estado, una vez conseguida nos ponemos a trabajar.
De ahora en adelante la cosas serán diferentes gracias a los abusos y al que le pille la ola lo va a pasar pero que muy mal.
General, por supuesto que los hospitales están para proteger, pero aquí estamos hablando de la valoración de incapacidades por parte de INSS, y ahí, gracias al abuso que hemos hecho de la SS.SS hemos pasado del despilfarro a la injusticia y créame mi general que además de utilizar interné, también asisto a clases magistrales en vivo y en directo de cómo funciona el sistema, hoy por hoy, cuando un enfermo se pone delante de un tribunal medico, a menos que le falten las dos piernas y el rabo, de entrada ya es culpable de querer chupar del sistema y partiendo de esa base, se utiliza cualquier excusa para denegar o aplazar el reconocimiento de una incapacidad, hemos llegado al punto de que ciudadanos a los que hace dos años se les reconocia una Incapacidad Permanente Absoluta por una enfermedad crónica degenerativa para la que no hay mejoria posible y hoy reciben una carta de la SS.SS suspendiendo la prestación y dandole el alta para que vuelva a su trabajo, casos asi cada vez son mas frecuentes, para mi eso son valoraciones injustas e ilegales… claro que podemos acudir a los tribunales, pero pagando un precio a nuestra salud y otro al abogado.
Autor: Trola Fecha: 12/07/2012
General tiene la costumbre cuando alguien le hace caso en convertirse en doctor honoris causa,
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Varios cientos de alumnos en la universidad apoyan tu teoría.
De hecho , mi "honoris causa" la puedo demostrar y no tengo inconveniente en hacerlo , si "trola" demuestra ser profesional y estar a la altura de las circunstancias.
Autor: escanwalker
eso seria lo logico si el objetivo de la seguridad social fuera proteger y valorar justamente al enfermo.. pero desgraciadamente no es asi... gracias de todos modos!!!
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¿Según usted como se debería valorar y proteger justamente?
Hola trola, no se de donde lo saca general, yo planteo mi duda a raiz de la ponencia de una abogada que hablaba de IP, te adjunto enlaces a youtube en las que puedes escuchar directamente las cuestiones que me generan dudas.
En referencia a la validez de informes de mas de seis meses, pincha aquí http://youtu.be/y0cygK6igWU para que no tengas que comerte toda la charla busca con el cursor el minuto 6
En referencia a que los Tribunales Superiores de Justicia consideran la esclerosis multiple merecedora de una IPT pincha el siguiente enlace y mueve el cursor hasta el ultimo minuto de la ponencia de la abogadahttp://youtu.be/128xgn4N8yw ...yo no soy abogado pero creo que la abogada se equivoca, supongo que una incapacidad se reconoce en funcion de las limitaciones de la enfermedad, nunca por su diagnostico.. no se si me explico
Los seis meses de donde lo habéis sacado , porque en la normativa no viene nada al respecto.
Artículo 5. Instrucción del procedimiento.
1. La instrucción de los procedimientos para la evaluación de la incapacidad en orden al reconocimiento del derecho a las prestaciones económicas a que se refiere el artículo anterior requerirá los siguientes actos e informes preceptivos:
Aportación del alta médica de asistencia sanitaria y del historial clínico, previo consentimiento del interesado o de su representante legal, remitido por el Servicio de Salud o, en su caso, por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social o empresa colaboradora, cuando se trate de afiliados que tengan cubierta la incapacidad temporal por dichas entidades o, en su defecto, informe de la Inspección Médica de dicho Servicio de Salud.
Los funcionarios o demás personal que, en razón de la tramitación del oportuno expediente de invalidez, conozcan el historial clínico del interesado, están obligados a mantener la confidencialidad del mismo.
Formulación del dictamen-propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades, que estará acompañado de un informe médico consolidado en forma de síntesis, comprensivo de todo lo referido o acreditado en el expediente, un informe de antecedentes profesionales y los informes de alta y cotización que condicionan el acceso al derecho.
Emitido el dictamen-propuesta se concederá audiencia a los interesados para que aleguen cuanto estimen conveniente.
2. Actuará como ponente del dictamen-propuesta previsto en el párrafo b) del apartado anterior el Facultativo Médico dependiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social, a cuyo fin será auxiliado por el personal facultativo y técnico que se precise, perteneciente a la Dirección Provincial de dicho Instituto.
3. Cuando las características clínicas del trabajador lo aconsejen, o resulte imposible la aportación de los documentos señalados en el párrafo a) de este artículo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social podrá solicitar la emisión de otros informes y la práctica de pruebas y exploraciones complementarias, previo acuerdo con los centros e instituciones sanitarias de la Seguridad Social u otros centros sanitarios.
eso seria lo logico si el objetivo de la seguridad social fuera proteger y valorar justamente al enfermo.. pero desgraciadamente no es asi... gracias de todos modos!!!
No solo se piden informes actualizados porque se presuma mejoría , también puede existir agravamiento de las secuelas , más aún en enfermedades crónicas , y para que el paciente sea valorado legal y justamente , es necesario que los informes médicos estén actualizados
Si a una persona le diagnosticaron esclerosis múltiple hace dos años , puede que a dia de hoy esa esclerosis haya generado otras patologias , y que el grado de incapacidad haya aumentado.
Para saber esto , se necesitan informes médicos actualizados.
Hola a todos.. el otro dia estuve viendo una ponencia de una abogada y comento dos cosas que no me cuadran respecto a IP, concretamente dijo que los TSJ consideran que la enfermedad Esclerosis multiple es merecedora de una IPT y la seguridad social debe reconocer ese derecho ¿se le fue la pinza no? y otra cosa que comento respecto a los informes medicos que se presentan al INNS para tramitar un IP deben ser de los ultimos 6 meses, los informes posteriores no son valorados... no me cuadra que a un afectado por una enfermedad cronica y degenerativa no se le valoren los informes de mas de seis meses, en una enfermedad degenerativa para la que no hay cura, nunca puede haber mejoria, por lo tanto las secuelas que se acreditan en informes antiguos no pueden haber desaparecido ¿no?.. ya se que en estos tramites siempre hay matizes, pero mis dudas me parecen de cajon no? .. que opinais?? gracias