Buenos días, agradecería si alguien me pudiese disipar la siguiente duda.
Dos hermanos. Herencia por medio sin otros herederos legales que ellos (ni padre, ni madre).
Poco 'feeling' entre ellos. Uno se queda viviendo en la propiedad a heredar por ambos en contra
del deseo del otro (ya se encuentra en proceso legal) soportando los gastos -entre otros prejuicios-de una CC a nombre del padre fallecido.
¿Puede el otro (el que no se encuentra en la vivienda) dar de baja los servicios de dicha vivienda referentes a luz, gas, agua...
que se encuentran a nombre del padre ya fallecido sin prejuicio de cualquier tipo?.
Sabe que con un certificado de defunción y una copia del DNI del padre puede realizar dichas bajas en las oficinas correspondientes; pero, insisto, ¿puede realizar dichas bajs sin más?.