Tengo un contrato por suplencia de IT desde el 26/04/23 la trabajadora a la cual estaba sustituyendo regreso trabajar el día 02/04/24 y como hacía falta cubrir otra baja laboral yo continuo trabajando con el mismo contrato en el mismo turno y horario que es turno noche.
La empresa me ha comunicado que ya no puedo continuar trabajando porque no pueden hacerme otro contrato de sustitución por otra baja, yo trabajo en otra empresa en turno de día, cuando me contratan entro con la condición que solo puedo hacer turno noche.
Sino dicen que me tendrían que hacer fija discontinua para cubrir diferentes turnos al ser un servicio de horario continuo que atiende a personas 24h.
Llevo en este puesto trabajando desde junio del 2018 haciendo suplencias de verano y bajas por IT.
En septiembre del 2022 me despidieron y me dijeron que después de medio año podría volver a trabajar.
Me volvieron a contratar el 26/04/23 osea que ahora llevo más de un año trabajando sin parar por la suplencia de IT en el mismo puesto.
Mi pregunta es si es correcto lo que la empresa dice.
Tengo un contrato por suplencia de IT desde el 26/04/23 la trabajadora a la cual estaba sustituyendo regreso trabajar el día 02/04/24 y como hacía falta cubrir otra baja laboral yo continuo trabajando con el mismo contrato en el mismo turno y horario que es turno noche.
La empresa me ha comunicado que ya no puedo continuar trabajando porque no pueden hacerme otro contrato de sustitución por otra baja, yo trabajo en otra empresa en turno de día, cuando me contratan entro con la condición que solo puedo hacer turno noche.
Sino dicen que me tendrían que hacer fija discontinua para cubrir diferentes turnos al ser un servicio de horario continuo que atiende a personas 24h.
Llevo en este puesto trabajando desde junio del 2018 haciendo suplencias de verano y bajas por IT.
En septiembre del 2022 me despidieron y me dijeron que después de medio año podría volver a trabajar.
Me volvieron a contratar el 26/04/23 osea que ahora llevo más de un año trabajando sin parar por la suplencia de IT en el mismo puesto.
Mi pregunta es si es correcto lo que la empresa dice.
Buenas, el único contrato de sustitución que tiene acotado el tiempo de duración es el que nace como consecuencia de un proceso de selección o de promoción que lleva la empresa a cabo y su duración no puede exceder de 3 meses, el resto de casos, en el que se encuentra el suyo, no tiene límites ni en la duración ni en el número, salvo mejor opinión, la empresa quiere deshacerse de ud.
Mi pregunta es si al haber cumplido un año de contrato, paso a ser fija y si fuera así, según dice la directora debo cambiar de horario al que se me requiera.
No por llevar un año le tienen que hacer fija. Pero si su contrato es sustituyendo a un trabajador de baja por IT, su contrato finaliza el día que esa persona se reincorpora. Si aún así continúa trabajando su contrato se convierte en indefinido.
En su contrato debe figurar con nombre y apellidos la persona a la que sustituye mientras esté de baja por IT. Compruebe que es la persona que se reincorporó el día 2 de abril.