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contrato por obra

3 Comentarios
 
Contrato por obra
10/01/2005 17:11
hola, me han contratado en una empresa con un contrato por obra o servicio determinado(401).Me gustaria saber cual e ser la duracion máxima de este contrato ya que no trabajo en una sola obra sino en varias y no se cuanto tiempo voy a trabajar en la empresa.Gracias
10/01/2005 17:27
Hola

El contrato de obra o servicio determidado tiene una duracion que es la duracion de la obra para la que has sido contratada. Es decir, dura lo que dure la obra.

E$ste contrato solo puede hacerse para una sola obra determinada y fuera de las tareas para las que has sido contratada o fuera de esa obra, no es posible trabajar. si lo haces, la empresa estará cometiendo lo que se denomina un fraude de ley en la contratacion.

POr lo tanto, cuando te digan que has acabado el contrato, deberías ponerte en manos de un laboralista y valorar la posibilidad de presentar una demanda por despido.

Saludos.
10/01/2005 19:12
muchas gracias ninfa,pero entiendo q se me acaba el contrato cuando se acabe la obra pero en mi caso, cuanto tiempo puedo estar trabajando en esta empresa, es decir, hay un limite de tiempo para despedirme o dejarme indefinido, como en el resto de los contratos temporales?
10/01/2005 19:36
Tara,

Como te ha dicho Ninfa el límite lo pone la obra para la que has sido contratada. En tu contrato debe especificar este punto de forma muy concreta ( se te contrata para la realización de las tareas administrativas que se generan por la puesta en marcha de un nuevo sistema de recaudación, por ejemplo). Cuando este nuevo sistema esté en marcha tu contrato finalizará, salvo si nadie denuncia la finalización del mismo y sigues desarrollando tareas en la empresa. Incluso si se ha determinado una fecha de finalización orientativa y al llegar esta fecha sigue sin estar implantado el nuevo sistema tu contrato sigue en vigor hasta que se acabe la obra para la que te contrataron. Es posible que en tu contrato no especifique la obra para la que te han contratado, como ocurre muchas veces, estando entonces el contrato celebrado en fraude de ley y debes proceder como te dice Ninfa : espera a que te echen y reclamas por despido.

saludos