Me gustaría que me informaseis si a la hora de hacer un contrato laboral a una persona que tiene tres años de la carrera de derecho terminados (Primer Ciclo) se le puede aplicar la categoría de diplomado universitario o Titulado de Grado Medio.
Por favor, es urgente.
Gracias
En nuestra opinión, si se le puede aplicar la categoría de diplomado universitario. No obstante, deberá acreditar con el ceertificado expedido`por la universidad de que ha terminado el primer ciclo y que éste le habilita o reconoce como equivalente para acceder a puestos de trabajo.
Aunque no está reconocida la Diplomatura de Derecho, el certificado puede reconocer la equivalencia del primer ciclo de Derecho.
Maria Pilar, tres años de estudio de Derecho, solo indica que ha terminado un número de asignaturas de la licenciatura; Tres años en cualquier diplomatura y la tesis o memoria equivale a una Diplomatura terminada. En Derecho si solo se aprueba tres años y nada más, en mi opinión no se termina nada.
Si se trata de hacer un contrato en prácticas no sería válido puesto que no habilita para el ejercicio de ninguna profesión. Si se trata de equiparar a una categoria de convenio no veo gran problema en ello si están de acuerdo empresa y trabajador pero si es al trabajador a quien le interesa, en los convenios las categorias tienen relación con el ejercicio de actividades que con tres años de derecho no significan nada.
Siento discrepar de la opinión de lola y de pang. Aunque no existe Diplomatura de Derecho, completar el primer ciclo con los tres años terminados equivale al título de Diplomado y así se recoge en las certificaciones académicas que expide, por ejemplo: la UNED, a los alumnos que la solicitan después de haber terminado el primer ciclo de la carrera de Derecho, al menos, hasta el año 1.998:
Apartado 3 de la Orden 2 de Agosto de 1.978 sobre estudios equivalentes al título de Diplomado que regula: " A los únicos efectos de acceso a los empleos públicos y privados se declaran equivalentes al primer ciclo de enseñanza universitaria los estudios completos de los tres primeros años de Facultad o Escuela Técnica Superior".
Es decir, aunque el Título de Derecho no se consigue hasta finalizar la carrera y aunque no exista Título de Diplomado, el certificado emitido por la Universidad del primer ciclo completo puede recoger la equivalencia sólo a los únicos efectos de acceso a los empleos públicos y privados. Como bien respondía la primera contestación de Asociación28f.
De todas formas todo es cuestión de interpretación pero en caso de duda se aplica el principio pro-operario". Saludos.
Estimado pang.
Aunque tu respuesta es breve su resultado es rotundo. No se me ha presentado ningún caso real sobre esta materia y desconozco la práctica. En teoría, así lo creía por las razones argumentadas en base a la Orden Ministerial de 1.978. No obstante, teniendo en cuenta tu opinión voy a tratar de aclararlo ya que sí se considera equivalente al título de Diplomado a efectos de empleos públicos y privados porque no para la contratación en prácticas, siempre que se reúnan los demás requisitos. En fin soy un poco cabezota. Saludos.
La verdad es que trabajando con derecho, y sobre todo con derecho laboral, la rotundidad es temeridad, por tanto pido disculpas por ello. Matizo mi respuesta: el contrato en prácticas está previsto para que una persona con título que habilite legalmente para el ejercicio de una profesión pueda desarrollar, laboralmente, los conocimientos adquiridos a nivel teórico. En el caso de la mal llamada diplomatura en derecho no habilita para ninguna profesión (no es licenciado ni tampoco es diplomado en relaciones laborales) puesto que no hay ninguna profesión equivalente, sólo el haber superado tres años de carrera. Por tanto, mi criterio es que no permite ejercer una profesión que no está reconocida a nivel real, sino sólo teórico de acuerdo con la normativa del contrato en prácticas. En un contrato de trabajo "normal" quizás no plantee ningún problema si a la empresa le vale con un trabajador con la carrera a medio, y más con la oportuna mención a la Orden de 1.978 que yo desconocía totalmente como tantas otras cosas que tienen que ver con nuestra entretenida materia. (Cuando algunos alumnos me dicen que no tienen dudas me mosqueo y les digo que yo, de ingeniería molecular tampoco tengo ni la menor duda). Saludos.
Trabajo en la recepción de una clínica dental donde me encargo de las citas, los pedidos de material, traducir cartas a euskera y francés, cobros,reclamar impagos....Respondo directamente ante los jefes.Me pueden contratr como auxliar?
Si me quiero ir y tengo contrato indefinido, tengo que avisar con antelación?
Gracias por vuestra ayuda