Hola compañera. La baja voluntaria, ni lo sueñe. Que te despida o que transmita la sociedad. En el primer caso, tu tendrás la correspondiente indemnización y en el segundo, conservarás todos todos tus derechos. El trabajador sigue a la empresa, que no al empresario; el nuevo, deberá subrogarse en derechos y obligaciones.
Debes seguir en tu puesto de trabajo y si realiza algún incumplimiento, (falta ded pago, etc.), tranquila, denuncias en la Inspección Provincial de Trabajo de tu provincia. Mientras tando, toma nota de cualquier información que consideres de interés y que esté relacionada con tu empresa, así como la dirección de la inspección provincial de trabajo, que te hará falta.
Hola, soy una empleada de una PYME desde septiembre de 2001. Tengo un contrato indefinido como Analista Programador bajo Convenio de Telemarketing. desde hace un año he realizado todo tipo de trabajos desde los propios del puesto hasta administrativos por falta de personal. Hace dos meses quedé sola en la oficina, me comento empleador que debia vender el negocio pero de momento no me despedía, ante eso trague con diferentes tareas. Se plantea cerrar el dia dos de julio 04 o vender negocio, pero no quiere liquidarme, quiere que de baja voluntaria o que me sea subrogado el contrato si lo vende. Se que deben cumplir con mis derechos y condiciones, pero puede explicarme como debo actuar?