Podría alguien ayudarme?
Tengo un contrato de servicio (internet) contratado con una permanencia mínima. El cliente ha decidido darse de baja una vez pasado este período, pero la empresa, segun los términos geneales tiene un periodo de cancelación de 3 meses y una ampliación de 12 meses en cada ocasión que no se reciba una solicitud de cancelación previa.
De acuerdo a esta cláusula, mi cliente estaria obligado por no haber presentado la solcitud de cancelación con anterioridad a los 3 meses a permanecer un año mas con esta compañia.
Es esta claúsula legal? Pueden establecerse estos terminos para la cancelación de un contrato? PAsado el periodo de permanencia parece una cláusula abusiva?
Agradeceré cualquier ayuda fundamentada legalmente. Gracias de antemano.
Segú el Real Decreto 899/2009 de derechos de los usuarios de servicios de telecomunicaciones en su artículo 7:
El contrato se extinguirá por las causas generales de extinción de los contratos y, especialmente, por voluntad del abonado, comunicándolo previamente al operador con una antelación mínima de dos días hábiles al momento en que ha de surtir efectos.
El operador se abstendrá de facturar y cobrar cualquier cantidad que se haya podido devengar, por causa no imputable al usuario final, con posterioridad al plazo de dos días en que debió surtir efectos la baja.
El procedimiento habilitado por el operador para que el consumidor haga uso de este derecho se ajustará a lo previsto en el artículo 26.2 de este real decreto, garantizando en todo caso al usuario la constancia del contenido de su solicitud de baja en el servicio.