Pero lo que me hace gracia es que la abogada de UGT le dé a entender que lo que pretende hacer la empresa es correcto.
Es para darle un par de collejas, vaya.
Bueno muchas gracias por vuestra ayuda, quisiera saber si me pudieses aclarar algo que me acaba de surgir, resulta que mi hijo salio de vacaciones y este mes le ha venido una nomina mas reducida, su jefe dice es porque el empezó trabajando media joranda, es cierto, de Enero a Marzo el trabajo media jornada ganando 680 euros, de Marzo a junio recibio 980 porque el aumentaron la jornada, tendria que recibir de vacaciones los 980 euros o es lo que dice su jefe que se prorratea las vacaciones en base a lo que ha ganado, es decir si en enero le corresponde 2,5 de vacaciones se basarian sobre los 680 es decir por enero le corresponde 56,66 euros y asi sucesivamente , o es que si se fue de vacaciones 15 días tuvo que corresponderle la mitad de 980.
hola a todos.
yo casi doy por seguro que en el caso de Kaliche existe fraude de ley en la contratación, al hacer un nuevo contrato eventual cuando ya se hizo uno anterior una prórroga.
Pero no tengo tan claro que tecnicamente no pueda ser, si la causa de la eventualidad es otra, no la misma que la primera, me parece correcto hacer uno nuevo. (siempre dentro de los 12 meses que marca el convenio).
es decir que la contestación de Ugt tampoco es mala del todo, se puede hacer otro contrato pero siempre hay que examinar la causa de la eventualidad en ambos contratos y en la prórroga.
Muy buenas! claro que técnicamente es posible, si se suceden varios contratos temporales, por causas distintas, perfectamente indentificadas, cumpliendo con el límite temporal y con las prórrogas permitida. Pero el caso que nos ocupa, si no recuerdo mal, era para seguir prestando el mismo servicio en la empresa (cuestión distinta es, si el empleador miente, y pone otra causa diferente) Si no, no tendría sentido que primero pusiesen un límite a esa temporalidad, y menos sentido tendría que después lo quitasen.
Es decir, es posible que en una empresa, te contraten con un contrato eventual por circunstancias de la producción (que cumpla con la legalidad) y luego te hagan otro contrato por obra o servicio determinado, y cuando se acabe este, vuelvan a contratarte con otro contrato eventual por circunstancias de la producción, antes de esta medida, existía un límite legal de 24 meses dentro de los 30. Ahora no, se suprimió ese límite, pero no se suprimió la obligación de cumplir con cada una de las condiciones que contemplan los contratos de duración determinada.
Un saludo ;)
respecto a la ultima pregunta de kaliche decirte que mi opinión coincide con lo que la empresa le ha aplicado sobre las vacaciones.
Hay un hilo algo anitguo muy interesante desarrollado por nando_bcn que habla sobre esto y que te invito a leer:
http://www.porticolegal.com/foro/laboral/784045/vacaciones media jornada y completa
Archilla, según lo que he leído entonces las vacaciones son ponderadas y dependen de lo que uno ha devengado, es decir si trabajo como en el caso de mi hijo nueve meses y cuatro a media jornada, y cinco a jornada completa se debe hacer una media para ver lo que le corresponde de vacacoines, no recibe el ultimo mes a jornada completa, bien, pues he de poner una denuncia moral en esta pagina, hay mucho abogado gualtrapa, porque mi hijo fue a un asesor, y este le dijo que tenia que recibir lo del último mes, cuando fue a su jefe pues el jefe se irrito y tuvieron una pequeña discusión mi hijo se llevaba de maravilla con el ahora hay tensión porque mi hijo defendía lo que presumia que era suyo, según este gualtrapa, y ahora su contrato se vencera en noviembre, tenia la certeza que le iba a renovar porque estaban contento con el, la empresa tenia trabajo pero ahora cree al 100% que no le renovaran.
en la vida hay de todo, hasta panaderos a los que el pan se le quema.
te pregunto variasd cosas:
¿era abogado o "asesor"? no tiene mucha importancia pero no es lo mismo, que lo sepas.
En la vida todo es interpretable y él a lo mejor interpretó eso... y pudiera tener razón si un juez se la hubiera dado. pero no ha sido así. La ley no dice nada, pero por logica debe ser así, es lo más justo.
Piensa en si fuera justo al contrario: de pasar de trabajar por ejemplo 8 horas al dia a pasar a trabajar 2, ¿seria justo que nos dieran vacaciones por la menor jornada? pues no, lo suyo es hacer un`prorrateo...
La empresa se llama Red contable C.B y en los anuncios aparecen como asesoria y gestoria, estan en collado villalba, pero cuando lo he buscado por internet me pone que es una asesoria contable y fiscal....no pone nada de laboral....
pero pone gestoria, que yo sepa eso tiene que estar colegiado, eso pone en el anuncio de internet, pero en una pagina de información empresarial pone que es asesoria fiscal y contable
a ver os voy a poner el calculo de vacaciones que le han hecho a mi hijo:
1 Ha sumado cada concepto, el salario base, la prorrata de pagas extras, el plus de convenio, el plus de transporte, el plus de festivos, y el plus de domingos
2 asi ha sacado una cantidad en la que ha descontado el plus de transporte, el plus de festivos y el plus de domingos (esto lo he comprobado en el convenio y no se paga el plus de transporte y los festivos ni domingos porque en vacaciones no los trabaja, aunque el convenio no pone nada)
3 una vez restadas esas cantidades ha divido el resultado entre los meses que ha trabajado obteniendo una cantidad mensual, luego esto lo ha divido entre 30 y el resultado diario lo ha multiplicado por los días que mi hijo ha estado de vacaciones.
4 por otra parte, como mi hijo ha salido 15 dias y los otros lo ha trabajado, los otros quince dias se los ha pagado en relación a lajornada completa que iba haciendo y ahi si le ha pagado los festivos y domingos que le corresponde por haber trabajado en el periodo de 15 días.