En el caso de que se alquile una vivienda la cual no posea cédula de habiltabilidad, ni la instalación de luz y gas adecuada, se podría considerar el contrato de arrendamiento nulo? El procedimiento judicial adecuado podría ser el de juicio ordinario de nulidad de contrato por dolo y subsidiaria acción de resolución por incumplimiento contractual? Cómo se calcula la cuantía en estos tipos de procedimiento? Sería esta una anualidad de la renta de conformidad con el artículo 251.9ª?
Muchas gracias!