No. Es necesario el acuerdo de los arrendatarios que detetenten más del 51% de las cuotas de la copropiedad sobre la vivienda alquilada.
Por ponerlo muy fácil: si uno de los coarrendatarios detenta él sólo el 51% de las cuotas de la copropiedad, basta con el que el rescinda el contrato de arrendamiento o lo dé por finalizado o lo que sea.