Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

contrato arras

26 Comentarios
Viendo 21 - 26 de 26 comentarios
30/09/2007 13:34
Pregunto ¿de donde habéis sacado el concepto “contrato de arras”?. ¿Dónde viene regulado?.

Que yo sepa las arras es algo que se da en prenda, paga o señal del cumplimiento de un contrato y así lo regula el C.c. en el art. 1454 y 343 del Código de comercio.

No seria mas correcto denominarlo contrato de compraventa en la que media arras o señal.
28/09/2007 18:07
muy bien rick.
en el contrato de arras lo puedes recoger de forma expresa, y ser causa para resolverlo y con la devolución del doble de la cantidad que hayas entregado.
28/09/2007 17:37
Sólo bastaba con decirle que con la renuncia al derecho de adquisición preferente en escritura pública tenía el tema controlado.

Intervenir tres veces para decirle a una persona que se busque abogado...
28/09/2007 16:25
Me temo que, por la fecha de la pregunta, de las respuestas y de la firma...se llega tarde.

Solo queda en vigor el consejo de asesorarse previamente con un letrado de confianza y dejar internet como opción añadida...
28/09/2007 12:13
Opino lo mismo que Jan. En una compra tan importante no se puede escatimar el coste de un buen experto que ate todo lo atable en el contrato, en el que hay tres partes involucradas.
perfil Jan
28/09/2007 11:30
Hola Hermes.Antes de firmar el contrato le aconsejo que cauda con toda la documentación a un/a profesional de la abogacía en busca de asesoramiento.Asímismo el contrato debería ser redactado por el profesional a quien acuda.

Reciba un cordial saludo.
Contrato arras
27/09/2007 12:55
Hola, por favor si alguien me puede ayudar, mañana firmo un contrato de arras, por la compra de un piso, en este caso el piso tiene un inquilino que ha hecho un documento notarial de renucia al dcho de tanteo y retracto y se compromete a irse en un plazo de 3 meses.., y el contrato de arras lo indica y tambien indica que compro la propiedad libre de cargas.
Puedo tener algun problema?
Y si el inquilino al final decide no irse se me devolveria el precio de compra mas algun tipo de de indemnizacion?
Como hago para atar bien esta compra y no salir perjudicada?, Gracias de antemano.