Vuelvo a insistir que lo que no es correcto ni normal, es endosar a otra persona una acción que no ha realizado.
Y no es cierto de lo que usted acusa a la administradora.
"""la administradora propone que la reparación se haga mediante la opción mas cara que es la fachada ventilada, no propone otras soluciones mas baratas y de igual eficiencia, y es votada y aprobada por mayoría simple, la administradora arrima el ascua a su sardina, por aquello de la propinilla si cae.""
Y esto si que es un delito contra el honor: calumnias o injurias. Y encima es falso, dado que no se aprobó.
Cuando lo cierto es que Jegg indica:
"""Debido a la dificultad de acceso por la parte trasera, se cree que lo mejor sería hacer la reparación con una empresa de trabajos verticales. De todas formas, lo mejor sería reparar toda la fachada de la mejor manera posible para dar una solución definitiva, por lo que se acuerda pedir presupuestos para colocar fachada ventilada en la parte trasera"""
Enteresé no se ha aprobado ningun presupuesto.
O sea que si lo u yo digo son injurias, calumnias y un delito contra el honor, las acusaciones que usted vierte van mucho mas allá
Inepto: Que carece de aptitud para cierto trabajo o función.
Incompetente: Que no tiene la capacidad suficiente para hacer cierta cosa, especialmente un trabajo, o para ocupar un determinado puesto.
Si un profesional realiza incorrectamente su trabajo, bastante incompetente si que es.
Hasta donde yo sé, esa frase no se aplica a todo el mundo sino a quienes, por razones de su cargo, deben mantener una imagen libre de sospecha. No es el caso de una administradora de fincas, profesión en la que hay garbanzos negros con toda seguridad y como en cualquier otra profesión, lo cual no quita para que la administradora de este caso concreto no sea acusada de una irregularidad antes de saber si la ha habido. No conozco ningún medio que haya publicado que es práctica habitual la percepción de comisiones por parte de los administradores. Es más, dudo mucho que haya alguno que se haya atrevido a publicarlo..
Y conste que todo esto que escribo y escribí anteriormente es mi opinión que, por ser distinta a la tuya, no tiene por qué ser calificada de censura ni llamada de atención.
Finalmente, creo que no es lógico exponer situaciones hipotéticas que no se han dado. Ningún forero ha llamado la atención a fontanero por lo dicho. Eso es información y la información es algo diferente a la opinión.
Buenas,
En esta frase, "...por lo que se acuerda pedir presupuestos para colocar fachada ventilada en la parte trasera", a mi entender lleva implícitos dos acuerdos. uno colocar fachada ventilada y otro pedir presupuestos para llevarlo a cabo. Como dice Juanchito, si que ya han elegido un tipo de reparación (la más cara) y solo les falta el presupuesto.
Voy a mandarle un escrito entre hoy y mañana, para que tengan en cuenta otras opciones que supongan una reparación eficiente y no una clara mejora. O si no, como dice Pepelu90 "Si se considera obra necesaria y por tanto sin necesidad de acuerdo, habría que hacer una simple reparación con la misma terminación que tenga ahora mismo"
Gracias a todos por las aportaciones.
Pues a mi modo de entender, la frase que menciones implica un solo acuerdo: pedir presupuestos de esa obra; los acuerdos implícitos no existen, sólo vale lo acordado explícitamente. Además, para acordarse la realización de esa obra, así debería recogerse en el orden del día, lo demás es hacer trampas para eludir la ley.
Esto ocurre por no acudir a las juntas.
Hasta ahora, en acta figura pedir unos presupuestos, por lo cual hablar de futuribles no es correcto.
Usted podrá solicitar que se pida otros presupuestos, pero eso no obliga a nadie a realuzarlo. Usted quiza pueda solicitarlo y llevarlo a la junta.
Periódico El Mundo Baleares Jueves 22/11/2012. Actualizado 12:13h
ECONOMÍA
Según Causa Común, un 30 % de administradores de fincas cobran comisiones ilegales
Efe Palma
Actualizado miércoles 21/11/2012 19:41 horas
La organización de consumidores "Causa común" ha denunciado hoy que las comisiones que cobran los administradores de fincas, que incrementan entre un 5 y 10 % los gastos de las comunidades de vecinos son práctica abusiva pero la aplican alrededor de un 30 % de los profesionales de Baleares.
La entidad ha señalado en un comunicado que los administradores de fincas han venido percibiendo comisiones de los proveedores de bienes y servicios que contratan las comunidades de vecinos que gestionan.
La organización ha subrayado que si bien esta práctica antes se daba en toda España, en la actualidad se concentra sobre todo en Cataluña, donde la aplican el 50 % de ellos, Valencia y Baleares, donde lo hacen un 30 % de los administradores, y en áreas residuales en Madrid, Galicia y Sevilla.
El importe de las comisiones suele calcularse como un porcentaje del valor total del contrato suscrito por la comunidad con el proveedor y suele oscilar entre el 5 y el 10 % del importe del contrato.
Ejaso:
En España parece ser práctica habitual, y así se ha publicado en numerosos medios de prensa, el cobro de comisiones por parte de los administradores de fincas
EL CORREO. COM
22 de diciembre de 2022
Hemeroteca
Administradores de fincas exigen comisiones para adjudicar obras de comunidades de vecinos
"Contratas aseguran estar "hartas" de que les obliguen a inflar los presupuestos y engañar a los propietarios"
Yo no he escrito que la administradora de Jegg cobra comisiones, he escrito:
"por aquello de la propinilla si cae", (si incurre en ello) el que quiera buscarle tres pies al gato que lo haga, los que conocemos el mundo de los administradores de fincas, sabemos que hay administradores que cobran comisiones hago lo mismo que fontanero, el da a conocer que hay administradores que se llevan el dinero de las comunidades, y yo que algunos cobran comisiones.
Hay quien cree tener patente de corso `para rajar de administradores y presidentes a conveniencia, y luego critican al prójimo.
Es que alguien se cree que si un administrador cobra comisiones, la comunidad se va ha enterar, a mi me lo han contado varios proveedores que no se le han dado la oportunidad de presentar presupuestos.
Hay mas noticias sobre el tema, como muestra bastan las que expongo. servidor ya tenia conocimiento de la practica. a mi no me coge de sorpresa.
PD. Yo no he dicho que a fontanero alguien le ha llamado la atención por lo que publica, el solo da a conocer el caso y si se tercia entablar un debate.
Estamos ante el caso que ocurre en muchas comunidades, donde el o la administradora dirige la Junta, la administradora propone, y la Junta vota.
Jegg no indica nada, se limita a copiar parte del acta de la Junta celebrada el día 10 de octubre, donde no estuvo presente,
Por una pésima redacción del acta, no se sabrá quien hace la propuesta de como se repara la fachada.
Orden del día: Punto 2. Deliberación sobre las obras a seguir para la reparación de grietas en la fachada, y si procede, adopción de acuerdo"
Lo mas lógico, puesto que se debate una reparación de grietas, seria repararlas mediante fratasado y enfoscado de mortero, la solución mas económica y ajustada al punto 2 del orden del día:
Pero según pone en el acta:
"Debido a la dificultad de acceso por la parte trasera, se cree que lo mejor sería hacer la reparación con una empresa de trabajos verticales. De todas formas, lo mejor sería reparar toda la fachada de la mejor manera posible para dar una solución definitiva, por lo que se acuerda pedir presupuestos para colocar fachada ventilada en la parte trasera"
Opino que la Junta vota un acuerdo que posiblemente vulnera el articulo 16.2 de la LPH puesto que en el orden del día, se propone reparar unas grietas, y luego se vota la instalación de una fachada ventilada, la opción mas cara para la reparación de las grietas.
¿Podíamos pasar del articulo 10.1 de ser una obra necesaria, al articulo 17.4 de la LPH, a una obra de mejora?
Si la Junta no ha determinado si estamos frente a obras de conservación o de mejora de la fachada del edificio, habrá que determinarla mediante las correspondientes periciales, pues la aprobación y contribución a dichos gastos se regulan de manera distinta.
De todas formas, yo aconsejo a Jegg estas dos opciones:
A.- Dirigirse mediante un escrito al presidente de la comunidad, al objeto de informarle que a tenor de lo que dispone el articulo 16.2 de la LPH, incluya en la próxima Junta que se convoque para aprobar los presupuestos de la instalación de la fachada ventilada, un punto del orden del día, donde proponga cambiar la instalación de la fachada ventilada por SATE, una alternativa con parecidas prestaciones, pero mucho mas económica, presentando tres presupuestos.
B.- Impugnar si así se lo aconseja un abogado experto en LPH, el acuerdo de la instalación de la fachada ventilada, por no haber sido incluida esa instalación en el punto 2 del orden del día de la junta celebrada, y además no haber aclarado la Junta cual es el motivo por el cual, una obra que se puede solucionar de manera mas económica, reparando las grietas, se repara mediante una fachada ventilada.
Que un periódico escriba en 2012 que el 30% (o el 50%) de los administradores cobran comisiones en algunas zonas de España no significa nada a nivel nacional. Pero si se trata de "El Mundo" y se refiere a Catalunya (sobre todo), Baleares y Valencia, el asunto huele totalmente a fake.
En cuanto al otro medio, doy fe de que el 22-12-2022 no ha publicado esa "información".
Por lo demás, decir que la propuesta es de la administradora y lo de la propinilla y arrimar el ascua a su sardina, me parece bastante ilustrativo, pero es una mera opinión personal.
Por cierto, hay algo más que olor a fake. Curiosamente "causa común" parece que fue una organización fantasma con conexiones muy sospechosas, por decirlo suavemente.