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Contencioso

1 Comentarios
 
perfil J.
01/11/2006 00:08
Siempre que sea por motivos del trabajo y que no implique separación del servicio.
Art. 23.3 LJCA
Contencioso
31/10/2006 22:46
¿Un funcionario puede presentar demanda contencioso administrativa sin abogado ni procurador?