Hola buenas,
En diciembre del 2019 presente todo a través de un abogado para que lo haga telemáticamente mi nacionalidad por residencia, a día de hoy mi expediente sigue en abierto registrado.
Quiero saber si al hacer el contencioso administrativo cuanto tardará en salir favorable si tarda pocos meses mucho o si se sabe si tarda o no, muchas gracias por todo a todos.
Saludos cordiales.
Natalia.
Si presentó la solicitud en diciembre de 2019 y hasta diciembre de 2020 nunca se le efectuó ningún requerimiento de subsanación o mejora de la solicitud (cuando falta algún documento y la Administración requiere su aportación concediendo un plazo para hacerlo se suspende el plazo para resolver y notificar, que vuelve a correr cuando se ha atendido el requerimiento de la Administración en el plazo fijado), ya ha transcurrido, en efecto, un año, que es el plazo establecido legal y reglamentariamente para resolver y notificar. Y se ha producido la desestimación por silencio administrativo, que es una ficción jurídica que permite al interesado, a su elección :
A) Interponer el recurso potestativo de reposición ante el mismo Ministerio de Justicia.
B) Interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional (Madrid).
C) Seguir esperando, dado que la Administración sigue estando obligada a resolver expresamente SIN VINCULACIÓN ALGUNA con el sentido del silencio administrativo.
Si usted no quiere seguir esperando, puede elegir la alternativa B e interponer el recurso contencioso-administrativo. Igual toma su tiempo la tramitación, porque entre la presentación del escrito de interposición, la admisión a trámite, el requerimiento de la remisión del expediente administrativo al Ministerio de Justicia (que puede tardar en remitirlo), luego el plazo del que dispondrá para presentar la demanda, la contestación a la demanda que deberá hacer la Abogacía del Estado, el trámite de conclusiones escritas si se lo ha pedido (muy recomendable hacerlo) y finalmente la sentencia, transcurren algunos meses. Pero también es posible que durante la tramitación del recurso contencioso-administrativo la Administración le conceda la nacionalidad como satisfacción extraprocesal
de la pretensión, para evitar que la Administración sea condenada en costas.
Tenga en cuenta que interponer el recurso le costará dinero entre honorarios profesionales de abogado y procurador. Y aun obteniendo sentencia estimatoria de su recurso o satisfacción extraprocesal de la pretensión, deberá esperar para la jura, porque eso ya es competencia del juez encargado del Registro Civil de su domicilio y dependiendo de dónde sea y de la cantidad de trabajo que se tenga, es probable que se le conceda cita para jurar para dentro de algunos meses (esto es corriente en las grandes ciudades y capitales de provincia).