estoy de acuerdo con las respuestas que te dan. Si lo que cuentas es cierto, tu abogado/a se está comportando de un modo que puede resultar perjudicial para tus intereses económicos. El contador-partidor (art 810.3 LEC) solo se nombra si hay controversia. dale tus intrucciones por rscrito a tu abogada.
¿Hay quién entienda que se nombre un contador partidor SIN EXISTIR CONTROVERSIA sobre los lotes de cada una de las partes?
Si el contrario, mi ex, metió en el Juzgado a los pocos días de dictarse sentencia ( que nadie impugnó ), un escrito solicitando la ejecución de la misma y los lotes correspondientes a cada uno y yo he dicho por activa y por pasiva que ACEPTO ese reparto.... ....
CÓMO ES QUE SE NOMBRA CONTADOR?
¿POR QUÉ?
PARA QUÉ?
Esta es una más de las anomalías de este proceso.
Sí tengo abogado y procuradora.
Me los designaron en el turno de oficio y tengo asimismo reconocido el derecho a la justicia gratuita.
El problema es que no me envían los documentos que necesito para seguir la marcha del enrevesado proceso.Y tampoco siguen mis instrucciones, etc.
Si lees mis otros mensajes verás que ahí explico más hechos y datos de mi situación.
Gracias por tu interés, Novata. buen día.
Gracias, Malopa.
Ahora la duda que me surge es que si hay acuerdo porque yo digo:" vale, dame eso y acabemos de una vez", ¿puede el contrario seguir pidiendo que se nombre contador? eso es lo que está sucediendo. El se contradice consigo mismo, todo para ganar tiempo y no pagar, pues el deudor es él.
¿Podría yo pedir al juez alguna medida para evitar estas maniobras y que se liquidara de una vez?
De nuevo gracias y un cordial saludo.
El primer paso es que tu marido presente un escrito al Juzgado en el que se contenga el activo y pasivo de la sociedad ganancial y reparto del mismo en dos lotes. Seguidamente el Juzgado os cita a las partes a una comparecencia y si en ella tú muestras tu conformidad con la valoración y reparto en los términos expuestos por él NO cabe nombra peirtos tasadores ni contador partidor. Este nombramineto se realiza sólo en caso de controversia.
Sus honorarios suelen ser un 10% del valor de los bienes qye integras la masa ganancial y se pagarían por mitad entre los cónyuges.- Aunque solicites Beneficio de Justicia gratuita, tendrías que pagarle sus honorarios en el supuesto de que la liquidación te suponga una atribución de bienes évaluables económicamente.
Hola, querría saber cómo se designa un contador partidor para liquidación de gananciales. No entiendo por qué mi ex lo quiere solicitar, si yo ya he manifestado por todos los medios que acepto los lotes que el ha elaborado, aunque me suponen pérdidas, pero quiero terminar de una vez con la pesadilla judicial.
¿Sabeis cuánto puede costar y si teniendo derecho a justicia gratuita tendría que abonar yo alguna cantidad?
¿Alargaría mucho el proceso?
Muchísimas gracias por vuestro interés. Un saludo.