Soy propietario de un piso en una comunidad de vecinos, hace un par de dias falló la luz y llamé a Viesgo, tras mirarlo me dijeron que se trataba de unos fusibles que había que cambiar pero que no les competía a ellos , que debería llamar a un electricista.Como se trata de mi contador , esto debería pagarlo yo o corre a cargo de a comunidad de propietarios?.Aquí en Cantabria las llaves de los cuartos de luces solo puede tenerlas Viesgo (o la compañía de luz instaladora) cada vez que hay una avería y debe repararla un electricista hay que llamar a Viesgo para que le habra la puerta, podriamos tener nosotros una llave?
Las llaves de los armarios de contadores las puede y DEBE tener tambien la Comunidad.
Normalmente se utiliza un sistema de doble llave, una para la Cía suministradora y otra para la Comunidad. Con cualquiera de las dos se puede abrir el cuarto de contadores.
Por cierto, si los fusibles están ANTES de los contadores, creo que le pertenece a la Cía suministradora. Consulte esto en la Consejería de Industria de su Comunidad Autónoma.
Ante de nada me he preguntado por el señor Viesgo.
Despues dónde esta ese contador. Está en una zona que no depende de usted?
Y esos fusibles.
En general los cables entran a al finca y llegan a unos fusibles. Los fusibles son de la comunidad. Cualquier averia despues de los fusibles corresponde a la comunidad. Para entrar a su piso ocurre lo mismo.
Hola a todos. Por si sirve de algo os diré que hace unos días se fundió uno de los fusibles de mi contador. Llamé a hidroeléctrica, compañía suministradora, y me dijeron que si lo cambiaban ellos me lo cobraban en el recibo y que si tenía seguro del hogar que los llamase. Los llamé y vinieron y lo cambiaron ellos por lo que el pago, indudablemente, corresponde a la vivienda a la que corresponde el contador.
NE la instalación de un edificio, tenemos:
a) Fusible General de la Compañía.
b) Contador
c) Fusible de protección del contador.
d) línea entre caja del contador y domicilio del cliente
e) limitador, propiedad de la compañía.
En la caja del contador, que está precintada, solo puede manipular la Compañía suministradora d eenergía eléctrica.
SI el fusible que hay en su interior se funde, corresponde a la compañía su sustitución. Otra cosa es que en la instalación del cliente exista un problema que ees el que causa la fusión del fusible. En ese caso, que se detecta por la repetición de la avería, le corresponde al cliente indemnizar a la compañía eléctrica.
Si tiene duda, acuda a lo servicios de Industria de su localidad o provincia.
Por cierto, ¿de que seguro hogar habla?. ¿Acaso lo ha contratado con la compañía eléctrica?.
Porque eso me explica que le dijeran que llamara a su seguro hogar, y que ellos le cambiaran el fusible: es que los del seguro tenían las tenazas del precinto, lo que es una ilegalidad.
Dese una vuelta por Industria.
Perdona por no contestar he estado unos días fuera. Discolo el seguro del hogar es el normal. Nuestro contador no tiene precinto ya que es de los de hace años sólo les han puesto unas cajas transparentes con un enganche por debajo, sin llave. En nuestro caso todavía no tenemos el limitador y los fusibles no suelen saltar en la casa sino que saltan los del contador por lo que hasta que hidroelectrica no los ponga de una vez, están avisados desde hace dos años, la reparación pertenece a cada piso. Del cuarto de contadores además de hidroelectrica tiene llave el presidente.