lea el art. 13 de la LPH. sobre todo el punto nº cinco
si ustedes no han votado nada quien hace de administrador, es el Presidente.
pero bueno supongo que usted es el administrador porque lleva las cuentas, por lo cual le devuelve el dinero y solucionado, pero es conveniente que lo sepa el presidente
Buenos días
Les agradecería que me ayudaran con esta duda:
Soy el Secretario de la comunidad de propietarios, y repasando las cuentas he comprobado que un ex propietario que vendió la vivienda por olvido no comunicó al banco que dejara de cargarle los recibos de la comunidad y ha pagado dos mensualidades de más. Ahora yo quiero devolverle las cuotas pagadas de más. Y mi pregunta es. ¿ Hay que realizar alguna formalidad o simplemente yo que soy el secretario puedo hacerle una transferencia por la cantidad pagada de más desde la misma cuenta de la comunidad de propietario?
Las cuotas son de hace dos meses ósea, todavía no se han aprobado las cuentas.