Gracias por responder. La casa está conectada a la red de saneamiento del municipio asique en ese sentido ningún problema. Se respetan los 5 metros ( está a 90 metros del punto más cercano del arroyo) y hay estudio de inundabilidad que afirma que no hay peligro. Por tanto, alegaré todo lo que mencionas.
Suponiendo que hayas respetado los cinco metros de servidumbre, hay que estudiar la máxima avenida para un tiempo de retorno T= 500 años y acreditar en informe firmado por técnico competente que la zona no es inundable y que lo construido puede usarse sin peligro. En paralelo lo lógico es que te pidan que acredites la correcta depuración de las aguas.
Hola, ¿ qué posibles argumentos se pueden usar para recurrir una sanción impuesta por construir cerca de un arroyo, en zona considerada dentro de los 100 metros de "policía de aguas"? Se ha intentado solicitar la correspondiente autorización de forma reiterada, en 3 ocasiones, pero no se hizo caso y se inició un expediente sancionador ( una vez construida la casa) que terminó en multa por no disponer de la Autorización correspondiente antes de iniciar las obras.