El constructor nos vendió mas de 20 pisos en edificio de 4 plantas mas bajo cubierta donde se encuentrar trasteros ligados a los pisos cuartos, el constructor realizó junto con los trasteros y parte de bajo-cubierta un añadido alos 4º conviertiéndolos en duplex, para ello espero 4 años para venderlos, según él ya habría prescrito la ilegalidad de las obras. Ahora hay algunos vecionos que les ha llegado una notificación del ayuntamiento debido a la apertura de unas velux ya hace tiempo. Qué puede pasar?, ¿Ha prescrito esa construcción ilegal o pueden derrribarlos?. hay vecinos con hijos que se quedarían sin habitaciones. Por favor podéis dar una respuesta?. Deben dejar pasar al inspector del ayuntamiento?-Gracias, espero vuestra ayuda.
si, desde que se puso la velux, ha transcurrido el plazo de prescripción ... pues le tirarán del aire
si todavía no ha transcurrido ese plazo, podrán sancionarle ... y, algo mucho más difícil pero teóricamente posible, obligarle a independizar lo uno de lo otro
ese constructor, como es habitual en muchas otras actividades, es propenso a dar por cierta cualquier interpretación de cualquier precepto legal ... si de ello puede sacar tajada
pues mal por el constructor y mal por quien así se lo indicó ... porque el plazo de prescripción comienza a contar desde el momento en que son exteriormente visibles los elementos constitutivos de la infracción ... en este caso las velux ... sin importar en absoluto el momento en que ejecutó la parte principal de la obra
Gracias, y entonces podrían derribar la construción de la vivienda que esta bajo cubierta?. Debemos dejara pasar a ver las velux al inspector del ayuntamiento? porque si es asi puede ver el resto de obra
no hay ninguna ley que prohíba "decorar" un trastero ... y no creo que el planeamiento impida colocar una velux
puede haber infracción urbanística por uso en la medida en que se está dando a un trastero, sin autorización, un uso de vivienda ... con el agravante de que es probable que el uso de trastero no sea legalizable si no computa edificabilidad y si el cambio de uso supone en la práctica que la edificación consume una edificabilidad superior a la permitida
administrativamente podrían considerarse infracciones la ejecución de obras sin licencia y la asignación de un uso no autorizado ... lo que podría desembocar en una multa
la restauración de la legalidad urbanística supondría la prohibición expresa de usar ese trastero como vivienda, lo que únicamente es una comunicación sin efecto alguno
pudiera haber otro efecto, consistente en que la restauración de la legalidad urbanística pasara por cerrar la comunicación hay existente entre la vivienda del trastero ... pero para ello habría de ser necesaria una de las dos condiciones siguientes:
- que el planeamiento prohíba expresamente la comunicación directa de vivienda y trastero
- que la vivienda esté sometida a un régimen administrativo, tal como vpo, que prohíba expresamente la comunicación directa de vivienda y trastero
lo lógico es que lo consultes con un abogado (no virtual) especialista en urbanismo ... y lo más probable es que el tema acabe en NADA, o en una multa por instalación de la velux sin licencia