Grupo de propietarios decide realizar una reunion para constituir la comunidad.
Se comunica a todos los propietarios debidamente el lugar y la hora de la reunion
Propietario de varias viviendas, no acude a la reunion.
En la reunion se decide que el nombramiento del presidente se haga de manera rotatoria empezando por el primer piso.
El primer piso es propiedad del ausente.
Se le notifica en debida forma.
¿Se puede negar el propietario ausente a ejercer el cargo de presidente?