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Constitución de Comunidad de Propietarios

5 Comentarios
 
Constitución de comunidad de propietarios
19/01/2006 08:48
Hola a todos/as.

Vivo en una bloque de 6 pisos. No tenemos constituida Comunidad de Propietarios formalmente. Por lo tanto no existen los cargos de Presidente de la Comunidad, Administrador, Tesorero, Secretario y demás...

¿Qué ventajas tendría constituirnos en Comunidad de Propietarios formalmente?

¿Como se constituye dicha Comunidad? ¿Hay que acudir al Notario todos los vecinos?

Hasta ahora no hemos tenido nigún problema al ser una comunidad pequeña. Todos los vecinos nos limitamos a pagar la comunidad que hemos acordado y nada más.

Gracias.

Un saludo.
19/01/2006 18:33
¡Felix qui potuit!.
1. Hable con el resto de los PROPIETARIOS (no con los que no sean propietarios). ES para saber los que están de acuerdo con Ud.
2. Convoque por escrito a TODOS los propietarios (si le es preciso, pida Nota Simple de las viviendas que le hagan falta en el Registro de la Propiedad). EL Orden del Día podría ser:
- Nombramiento d ePresidente
- Nombramiento de Vicepresidente
-Nombramiento de Secretario
- Nombramiento de Administrador.
- Domicilio a efecto de notificaciones por la Comunidad.
Le recuerdo que el Presidente puede reunir las dos últimas.
3. Pida Nota Simple d ela Declaración de Obra Nueva d ela Finca en el Registro de la Propiedad. Le pueden aparecer Estatutos sin que Ud los conozca.
4. Una vez realizada la Junta, adquiere un Libro de Actas y un Mayor y se va con ellos al Registro de la Propiedad. Tambien escriba el Acta de la Junta, en la que se identifiquen los cargos y las personas físicas que los desempeñan.
5. Guarde factura de todos los gastos, que son generales de la Comunidad.

Y a funcionar. Aunque sea Ud el único que asiste. En este caso, se nombra Presidente, Secretario y Administrador.
¿Tienen cuenta corriente para funcionar?.
20/01/2006 08:49
Mil gracias por tu pronta y eficaz respuesta. Me ha servido de gran ayuda.

Un saludo discolo5G
20/01/2006 13:02
Yo incluiria, como primer punto del orden del dia:
CONSTITUCION DE LA COMUNIDAD.
En 2ª convocatoria, con los que esten.
20/01/2006 20:41
Acertada precisión Lexis. sí no tendrá problemas, asistan los que asistan, aunque sea el promotor solo. Y lo bueno es que, en ese caso, sería por unanimidad de los asistentes.
21/01/2006 07:28
Quería poner "Así no tendrá problemas, si lo celebra en segunda convocatoria"-