Hola buenas.
No se si estoy en el foro correcto. Si no es así por favor decidme a cual debo acudir.
Tengo una duda sobre el tema de funcionarios.
En el tema del grado personal, dice la ley "que el tiempo de permanencia en la situación de servicios especiales será computado a efectos de consolidación del grado persona, como prestado en el último puesto desempeñado en la situación de servicio activo o en el que posteriormente se ubiera obtenido por concurso"
Eso que implica, por ejemplo, si yo tengo un nivel 20 consolidado y marcho dos años como servicios especiales a un nivel 22, cuando regrese a mi antiguo puesto tendré el nivel 22 enseguida o no?
Muchas gracias.
No, lo que quiere decir, es que al estar los dos años de servicios especiales, te servirían para consolidar el nivel 20, que es el último puesto desempeñado en situación de servicio activo.
AH! Claro eso me cuadra mucho más, no era normal que si en servicios especiales tienes uno más alto al volver a tu antiguo puesto tuvieras más.
Mil Gracias.