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Consentimiento legal firmando en libro de actas sin asistir a reunión presencial

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
29/06/2023 18:38
NachoBcn
El libro de actas es, únicamente, para escribir las actas.
Y lo que quieres hacer es algo importante, no intentes soluciones extrañas, que solo pueden traer problemas.
Haz las cosas bien, como manda la ley catalana, que no conozco por lo que no puedo aconsejarte.
29/06/2023 18:06
NachoBcn
El sistema que usted plantea no es válido. Pero además es innecesario. En Catalunya, los acuerdos se alcanzan por mayoría simple de los asistentes, no del total de propietarios. Y cuando requieren de mayoría cualificada, ya existe el sistema, que se conoce como el "de acuerdos de formación sucesiva". En el caso de las placas, basta con la mayoría de asistentes, por el artículo 553-25.2.d.
Consentimiento legal firmando en libro de actas sin asistir a reunión presencial
29/06/2023 17:45
Hola, Estoy de presidente de mi comunidad y tengo una duda legal sobre un tema concreto. Lo hago primero en forma de pregunta rápida y luego expongo los detalles.

¿Tiene validez legal recoger firmas en el libro de actas para solicitar un permiso a la comunidad que requiere el 50% de los propietarios (no de los intervinientes en una reunión), pasando piso por piso para que firme el que lo desee, independientemente de si ha asistido a la reunión o no?

El caso es que estoy intentando llevar adelante la instalación de placas solares en el tejado comunitario. Hemos hecho varias reuniones y varias votaciones vía email, casi únicamente a modo de prospección para ver el interés que había entre los vecinos y si merecía la pena seguir adelante y pedir presupuestos y demás.

Una vez pasada esa fase y viendo que mas del 75% de los vecinos estaban interesados, el siguiente paso era tener el consentimiento legal que indica la ley de propietarios para poder hacer una intervención de este tipo en la comunidad, que en el caso de Cataluña es el 50% de los propietarios.

La duda que se genera es porque en el artículo que habla de esto en la ley, no habla de porcentaje de los asistentes a una reunión (que en el caso de mi comunidad no suele llegar ni al 25% de los vecinos), sino de porcentaje de propietarios (en concreto dice algo así como... porcentaje de los aportantes a las cuotas de la comunidad)

Pensando en la mejor manera de como hacerlo convine un texto de concesión de permiso para incluirlo en el libro de actas. Hacer una reunión para que los vecinos que estuvieran presentes y de acuerdo firmaran, pero… y aquí viene un poco la duda, pasar luego por el resto de vecinos que no han asistido a la reunión y preguntarles si estaban de acuerdo y que firmasen el libro de actas.

Para mi es la mejor (o única opción) que se me ocurre. Pero algún vecino a mostrado sus dudas que esto tenga validez legal, ya que, según su criterio, esos vecinos que pudieran firmar sin haber asistido a la reunión, no tienen toda la información necesaria.

La verdad es que no se bien por donde tirar. Me gustaría tener la máxima seguridad legal, ya que si se tira adelante, la inversión por cada propietario, será elevada, y si luego alguien impugna algo… el problema puede ser importante.


Gracias de antemano