Serán condiciones necesarias para dejar en suspenso la ejecución de la pena, las siguientes:
Que el condenado haya delinquido por primera vez. A tal efecto no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados, o debieran serlo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136 de este Código.
Que la pena o penas impuestas, o la suma de las impuestas, no sea superior a dos años, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa.
Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado, salvo que el Juez o Tribunal sentenciador, después de oír a los interesados y al Ministerio Fiscal, declare la imposibilidad total o parcial de que el condenado haga frente a las mismas.
este flas no se entera, a ver si te enteras que no lo han condenado a multa, que lo que tiene que pagar es la "RESPONSABILIDAD CIVIL", y la respnsabilidad civil la tiene que pagar antes., si fuese multa lo hubiesen aplicado el l articulo 53 del codigo penal español, el lo que tiene que pagar es la "RESPONSABILIDAD CIVL".
Tras pedir el indulto, tu abogado tiene que solicitar de inmediato, la suspensión de la ejecución de la sentencia.
Aquí tienes un ejemplo de como se pide, que deberás adaptar a tu caso, extraido de este foro:
" AL JUZGADO DE LO PENAL Nº
Ejecutoria nº . . . .
D. . . . . . . ., mayor de edad, con DNI, y domicilio en .., condenado por Sentencia de fecha .. en las DUD , dictada por el Juzgado . . . . , (ACTUALMENTE EJECUTORIA), ante el Juzgado comparezco, y como mejor proceda, DIGO:
Que interesa al derecho de esta parte se acuerde la SUSPENSIÓN DE LA EJECUCIÓN DE LA CONDENA de . . . . . impuesta en el citado procedimiento en base a las siguientes
CONSIDERACIONES
En relación con la pena de. . . . . . :
Con fecha . . . .ha sido presentada solicitud de Indulto de las penas . . . . impuestas.
Por esto, considerando que no acordar la suspensión de la ejecución supondría hacer ilusoria la finalidad del indulto solicitado, y cumpliendo los requisitos que la Ley de 18 de junio de 1870, modificada por Ley 1/1998, de 14 de enero, se interesa la suspensión temporal de dicha ejecución.
Por lo expuesto,
SUPLICO que teniendo por presentado este escrito con los documentos que lo acompañan, se sirva admitirlos, y tras los trámites oportunos, acuerde:
La SUSPENSIÓN TEMPORAL DE LA EJECUCIÓN DE LAS PENAS DE . . . . . . . dictadaa en las presentes actuaciones, mientras se resuelva la solicitud de indulto por mí presentada.
En . . . . . . "
Tras recibirlo, el Juzgado tendrá que pedir su parecer a la fiscalía y a las partes personadas.
Si no tienes antecedentes, y la condena no supera los 2 años, tus posibilidades son buenas.
Pero te recuerdo que también tienes que pedir la sustitución de la pena de multa, por trabajos a la comunidad, o la reducción de su cuantía, y plazos a tu alcance relacionados con tus ingresos.
El tiempo apremia. Dile a tu abogado que se ponga las pilas. Yo en tu lugar, además de lo que presente tu abogado, lo enviaría también por fax, mañana mismo.
gracias david por preocuparte,yo ya presente el indulto esta mañana,pero me faltaba documentacion(que tiene mi abogado en su posesion)el ayer me dijo que tambien lo presentaria el(pero como siempre,estoy esperando a que me diga algo)cualquier cosa que pueda reducir la pena de prision o la responsabilidad civil es buena...si me dejaran pagar cinco euros al dia por ejemplo(150 al mes,estaria bien.)
oscar, si tienes suerte y te indultan te obligaran a pagar la indemnizacion fijada en la sentencia, osea que estamos en la misma situacion que antes de solicitar el indutlo, sino tienes dienero no se para que pones el indutlo, cuando pongas el indulta presentala en el juzgado para que se paralize el ingreso en prision...
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
9580
Real Decreto 707/2010, de 20 de mayo, por el que se indulta a don Jesús Montoiro Cepeda.
Visto el expediente de indulto de don Jesús Montoiro Cepeda, condenado por la Audiencia Provincial de A Coruña, sección sexta, con sede en Santiago de Compostela, en sentencia de 17 de octubre de 2003, como autor de un delito de lesiones, a la pena de seis años de prisión y accesoria de inhabilitación especial durante el tiempo de la condena, de un delito de atentado, a la pena de un año de prisión e inhabilitación especial durante el tiempo de la condena, y de una falta de lesiones, a la pena de seis fines de semana de arresto, por hechos cometidos en el año 1998 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,
Vengo en indultar a don Jesús Montoiro Cepeda el resto de las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en la sentencia en el plazo que determine el tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de siete años desde la publicación del real decreto.
Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
Real Decreto 710/2010, de 20 de mayo, por el que se indulta a don José Ignacio Sancho Berbil.
Visto el expediente de indulto de don José Ignacio Sancho Berbil, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección primera, en sentencia de 18 de diciembre de 2007 resolutoria del recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Santander, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años y ocho meses de prisión, por hechos cometidos en el año 2004 en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de mayo de 2010,
Vengo en conmutar a don José Ignacio Sancho Berbil la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.
Dado en Barcelona, el 20 de mayo de 2010.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
cve: BOE-A-2010-9583
http://www.
estoy leyendo indultos del gobierno, y creia que los indultos te perdonaban toda la pena de prision, pero estoy viendo que en alguno casos al condenado le rebajan la pena de carcel, otros le obligan a pagar la responsabiliad civil y le indultan la pena, osea que si interpones un indulto igual te obligan a pagar la indemnizacion a pequeños plazos y te quitan la pena, otros casos a uno que le condenaron a 9 años y le indultan 4 años, otros le condenaros a 3 años y le indultaor 2 años, otros condenaron a 2 años y le indultan si paga la responsabiliad civil a 5 euros diarios, puedes leerlo en el siguiente enlace,
http://www.boe.es/boe/dias/2010/06/17/
y le das al buscador del internet explorer y pones indultos, y vas pinchando en los pdf, y veras los indultos.
ESCRITO DE SOLICITUD DE CONCESIÓN DE INDULTO POR EL PENADO
AL EXCMO. SR. MINISTRO DE JUSTICIA1)i
Don/Doña ..............., con domicilio en .............., y DNI nº .........por medio del presente y como mejor sea procedente en Derecho, ante V.E., al amparo de la Ley Reguladora de la Gracia de Indulto de 18 de junio de 1870, reformada por la Ley 1/1998, de 14 de enero, comparezco y DIGO:
Que interesa la concesión de la gracia de Indulto2) a favor del penado ...............3), condenado4) por el Juzgado/Tribunal .............. número/sección ......... en procedimiento de ........5) a la pena de ..........., teniendo en cuenta las siguientes:
A L E G A C I O N E S
.........6)
......... Documentos que se aportan7)
Por lo expuesto,
SUPLICO A V.E.: Que tenga por presentado este escrito con los documentos que se acompañan, en su caso, y previos los trámites reglamentarios e informes del Tribunal sentenciador y cualesquiera oportunos para su resolución, se dicte Real Decreto por el que se conceda al penado referenciado el Indulto total de la pena a que fue condenado y se ha reseñado en el cuerpo de este escrito, ordenando al Tribunal la ejecución de la conmutación de la pena y, consecuentemente, la aplicación de la gracia.
En ........., a ..... de ......... de .....
Firma.-
iPor conducto del Tribunal sentenciador/Centro Penitenciario/Subdelegación del Gobierno.
)ndicar si se solicita indulto total, parcial, conmutación ........
)ndicar nombre y apellidos del penado.
)i hubiere sido condenado por varios Juzgados o Tribunales, deberá presentar una solicitud por cada una de las condenas para las que se solicite el indulto.
)ndicar si se trata de diligencias previas, sumario .........
)e insertarán los antecedentes y circunstancias relacionadas con el delito por el que se le condenó, Tribunal que ha dictado la sentencia, circunstancias favorables para la concesión del indulto, tiempo de privación de libertad, tanto provisional, como ejecutoria que lleva sufriendo, antecedentes familiares y sociales y las razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública para otorgarle la gracia del indulto, así como la acreditación de que su concesión no causa perjuicio a tercero y no lastima sus derechos.
)e pueden aportar todos aquellos documentos y certificados que ayuden a valorar mejor el expediente, debiendo ser estos documentos originales; si son fotocopias deberán estar debidamente compulsadas.
si hay cualquier otro standar para presentar un indulto,os agradeceria que me lo dierais,muchas gracias. colgare la pregunta suelta por si alguien mas me puede echar una mano.muchas gracias
adjunto palabras de mi letrado(recibidas ahora mismo):Oscar, comprendo tu tensión. Salvo el tema del indulto (que no he planteado nunca) el resto sí que lo controlo y, como te he comentado en otras ocasiones, es facultad de la Sala. A quien te informre en otro sentido, le puedes mostrar todo el procedimiento: Seentencias, REcursos, etc..A mí me gusta que otros abogados vean y opinen sobre mi trabajo. Pienso que es enriquecedor.
Si te parece, mañana planteo lo del indulto, pero te anticipo que no lo he hecho nunca y no sé cómo va. Lo haré según tu modelo.
(flas o david,no se si el planteamiento del indulto es standar?yo he cogido el modelo que me dio flas)
flas, yo no soy abogado, pero creo que primero tines que pagar la responsabilidad civil para que te puedan suspender la pena o sustituirla por los tbc.
le he mandado un email a mi abogado,detallado con todo lo que me habeis aconsejado(sin dejarme absolutamente nada)mañana colgare lo que me ha dicho con palabras textuales.(si contexta)
David, oscarab ha dicho que ya se ha declarado insolvente para la indemnización. Nadie puede ir a la carcel por deudas en este país desde hace siglos.
Salvo mejor opinión, la pena de multa no forma parte de la responsabilidad civil, sino de la responsabilidad penal. El Juzgado puede sustituir la pena, por trabajos a la comunidad. Echa un vistazo al Art. 88 CP.
Oscarab, aunque tu abogado pida el indulto, yo en tu lugar lo pediría también por mi mismo, o a través de algún familiar.
Por cierto, si dices que el caso es del año 2006, y suponiendo que te refieres a la fecha de la sentencia firme, tu abogado debería comprobar si las penas impuestas ya han prescrito, si hubieran transcurrido ya 5 años, desde la sentencia firme.
gracias flas,gracias david,respecto a lo del indulto mi abogado me ha dicho que mañana lo presentara(si no es asi yo mismo lo hare)respecto a todo lo demas flas,espero que entiendas,que este caso es del año 2006 y que desde ese momento yo he comfiado en mi abogado(creo que para eso estan)al no tener problemas con la justicia,no tenia esperiencia,tampoco he estudiado leyes,simplemente me creo lo que me dicen(no creo que el proposito de una persona que defiende a otra sea que que este acabe en la carcel(esto lo digo utilizando la logica,como cualquier ser humano lo haria)CUANDO LE VI LAS OREJAS AL LOBO,FUE CUANDO SE CELEBRO EL JUICIO ORAL.(pero una vez celebrado poco queda que hacer)(si ha esto le sumamos las indicaciones de terceras personas(entendidas)que te dicen tramquilo que ha la carcel no vas a ir,pues bueno no se.llevo mas de 5 meses sin dormir.en ningun momento se me ocurrio ponerme ha estudiar derecho penal(despues de los echos) por que comfie en los que lo han estudiado.NO VOY A ENSEÑAR A UN BOMBERO A APAGAR UN FUEGO.
flas como narices va a sustituir la responsabilidad civil con los trabajos en beneficio de la comunidad, si el importe es una "indemnizacion" a la victima.
primero tienes que pagar la responsabilidad civil para que te suspendan la pena de prision, no hay nada que hacer, ya le embargaran cuando tenga mejor fortuna.
lo siento oscar, que te asesoren los servicios sociales de instituciones peninteciarias, y mejor informate que prision es la mejor para cumplir, porque igual la tuya es chunga.
Oscarab, voy a parecer un pesado, pero si tu abogado no ha presentado todavía la petición de indulto, ¿a qué esperas para presentarla tú mismo?
Puedes presentarla tú, o tu mujer, o cualquier persona, es gratis, y no te puede perjudicar, tan solo beneficiar, tanto si te conceden el indulto total, como si solo te conceden el indulto parcial, o incluso si no te conceden nada, porque mientras se tramita, el juzgado casi con absoluta seguridad, suspenderá la ejecución de la sentencia, si se lo pides tú, o tu abogado. Ante dicha petición, el juzgado pedirá a la Fiscalía que se pronuncie. La Fiscalía, si es tu primer delito, y la pena es inferior a 2 años, casi con toda seguridad no se opondrá.
El principal riesgo que tienes es el impago de la multa. Pero tienes la posibilidad de pedir la sustitución de la misma, por trabajos a la comunidad. No es seguro, pero sí bastante posible, que te lo concedan, y librarte así de entrar en prisión.
En cualquiera de los casos, debes pedir también, la suspensión de la pena de prisión, condicionada a no volver a delinquir por plazo de 2 años, ya que tu condena no supera dicho plazo y es tu primer delito.
Es casi seguro, que te lo concederán también.
Toda la información que necesitas sobre el indulto, la puedes encontrar aquí:
Yo en tu lugar, no perdería ni un minuto más, me levantaría del sofá, y al margen de lo que también haga tu abogado, enviaría la solicitud de indulto por Ventanilla Única, es decir presentandola en cualquier organismo oficial habilitado, de tu municipio de residencia, o de cualquier otro municipio, si prefieres que no te conozcan. Acto seguido, yo enviaría el justificante de envío sellado al juzgado, por telefax, junto con la petición de suspensión de la ejecución durante su tramitación.
Como ves, no te digo nada nuevo, pero si tú no das los pasos que tienes que dar, nadie los dará por tí.