Hay un concurso público para adjudicar en concesión administrativa un local, en base a un pliego de bases y de condiciones entre las que figuran unas tasas fijas y otras variables. Sale elegida una sociedad que es una Mutua de seguros la cual aceptó todas las condiciones entre las que están incluidas las citadas tasas. Ahora después de la adjuducación del local y pasados unos meses solicita la exención de ciertas tasas por ser una sociedad SIN ánimo de lucro. Mi pregunta es, si se puede conceder esta excepción de las tasas, mi opinión es que no, pues el se presentó a un concurso libremente sabiendo todas las condiciones entre las que estaban esas tasas que aceptó, además si se le concede la excepción estaríamos perjudicándo a otros solicitantes que se habian presentado al citado concurso. Que opinais.