He trabajado para un Ayuntamiento, como "conserje de edificio" (en un colegio), con un contrato de trabajo de duración determinada, subvencionado por la Comunidad Autónoma, desde 03/09/07 hasta 31/08/08.
Se me hizo un nuevo contrato, de las mismas características, desde 01/09/08 hasta 31/08/09. Llegada la fecha de finalización del contrato se me mantuvo en el puesto de trabajo pues se había mantenido la subvención, y con fecha 21/06/10 se me hizo una prórroga del mismo hasta el 31/08/11, fecha en que finalizaría la subvención. Ahora se me comunica la rescisión de la relación laboral por finalización del contrato a partir del próximo 31/08/11.
El hecho es que he trabajado ininterrumpidamente, encadenando contratos temporales, con el contrato vencido o con prórroga de contrato desde el 03/09/07 hasta el 31/08/11, prácticamente cuatro años. Querría saber:
1.- Si por haber finalizado el segundo de los contratos el 31/08/09 y haber continuado prestando mis servicios, o por haberse encadenado indebidamente (si así fuere) sucesivos contratos mi contrato habría de transformarse en defitivo.
2.- Si no constitutuye un "fraude de ley" el utilizar de forma reiterada este tipo de contratos temporales para cubrir puestos que en la práctica tienen carácter permanente (desde que se creó el colegio, hace más de 20 años, ha tenido conserje).
3.- ¿Qué he de hacer si quiero hacer valer mis derechos a un contrato indefinido en el supuesto de que me asista la razón?
Gracias.
1 y 2.- Si las cosas son como Vd. dice y además la naturaleza del trabajo es permanente y no temporal, efectivamente podría haber fraude.
De todos modos, al tratarse de una plaza sin dotación económica estable la contratación que debería haber hecho el ayuntamiento, tras las obligatorias pruebas de selección, depende fundamentalmente de la subvención.
Si se puede fijar la fecha de finalización de la subvención, el contrato podría ser temporal siempre que su duración sea compatible con la modalidad de contratación laboral que la Administración pretenda, y pueda legalmente, hacer.
En el resto de los casos el contrato deberá ser indefinido. Si Vd. lleva cuatro años y la subvención es la misma, no cabe otra forma de contratación más que la indefinida desde el primer momento.
3.- Deberá denunciarlo en el juzgado y podría obtener así un contrato indefinido pero ha de saber que este tipo de contrato puede ser objeto de despido objetivo cuando la subvención finalice.