Bueno, pués por si le puede servir a alguien.
Esta mañana teníamos cita con un Abogado que maneja sobre todo estos temas y nos ha dicho que se debe SOLICITAR AUTORIZACIÓN al Juzgado para efectuar la venta. Más que nada porque en caso de efectuarse sin la misma, en Notaría, es posible o casi seguro que sin la Autorización Judicial, el Notario parase el proceso, aunque mi mujer sea la Tutora Legal. Nos ha indicado, que no es lo mismo el rendimiento de Cuentas y Estado que hacemos anualmente, si no hay grandes cantidades ni cambios sustanciales en el patrimonio, que la venta de una propiedad. Después hemos acudido a Notaría, y nos ha confirmado lo dicho por el Abogado.
Así que si alguien tiene dudas, ya sabe.
Un saludo.
Muy buenas, Grisolía, yo sí me he preocupado de prestar atención a su Nick para escribirlo correctamente. Por su respuesta, ni se ha preocupado en verificar mi Nick, ni historial en este foro, en el que estoy registrado incluso antes que Vd. Para empezar por "su final", yo no voy de tío enrollao para que me recomienden un ROBO (literal como Vd a escrito) y que espero rectifique. Su ironia, falta de respeto y descalificaciones nunca las he leído a nadie en este Foro desde que estoy en él............así que Vd. SÍ que decepciona en incluso mancha el buen hacer de sus propios compañeros del mismo. Para puntualizar y mostrarle su prejuício, estoy casado en régimen de separación de bienes, y con mi patrimonio, no necesito el de mi mujer ni el de nadie. Tengo una vivienda colindante a la mía, que ante los problemas de salud de mi suegra, quiere venirse a vivir junto a nosotros, y quiere vender su casa, que es herencia de mi mujer y mi cuñada, así que lea las cosas en condiciones y con atención, antes de prejuzgar nada ni a nadie, pero bueno, siempre hay "profesionales" como Vd...........Un saludo
P.D: Le cito alguna de las Normas de este Foro no permitidas.
".................. descalificaciones personales, provocaciones o comentarios groseros o maleducados."
Cuni, nos ha decepcionado usted (suponemos que se refiere a "cuñado" en plan super guay). Le conocíamos por la película homónima ("Kunni en la selva") pero jamás pensamos que pensaba usted merendarse la herencia de su familia política. Si nos permite, teniendo en cuenta lo majo que es usted, deje en paz al tronco familiar del que provienen los bienes, y no vaya de tío enrollao para que le recomendemos un ROBO
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¿comunicación o autoriación para venta de inmueble herencia de discapacitado?
Muy buenas, y saludos a todos. Hace tiempo que no pasaba por aquí, aunque he tenido el gusto de tratar con algunos por privado ante un caso complicado que tuve y del que salimos victoriosos.
Al tema. Mi suegro falleció en 2019. Queda mi suegra viuda 80 años, mi mujer y su hermana, discapacitada con un 80% Psiquica y Fisicamente. Mi cuñada está discapacitada Judicialmente, de la que mi mujer es la Tutora Legal, y que anualmente COMUNICAMOS al Juzgado el estado de la misma, así como de sus cuentas y/o bienes. Tanto mi suegra usufructuaria, como mi mujer, han tomado la decisión, de vender unas propiedades, entre ellas la vivienda donde vive mi suegra actualmente, que forman parte de la Herencia tanto de mi mujer, como de su hermana. Ya le he preguntado a voz a unos cuántos abogados, en conversaciones por otros asuntos, y ninguno me confirma mis dudas, así que sabiendo que aquí aprendí mucho, y compartií mucho con vosotros, la planteo por si buscamos a un profesional especializado en estos asuntos, como hice con mi tema de hace años- La Pregunta es ¿Debemos COMUNICAR al Juzgado la venta de los bienes, cuando se efectúe o debemos SOLICITAR AUTORIZACIÓN al Juzgado para realizar la venta?.