hola buenos dias perdonad que os prgunte esto ya que soy nuevo, mi pregunta es la siguiente.
voy ha comprarme una casa en cartama, malaga, en la zona de paraje del cano,la cual esta considerada como no urbanizable comun de grado 2, los vendedores me han facilitado una escritura, en la cual no hace referencia a la vivienda, pero si me dan una certificación de que la propiedad tiene antiguedad de mas de 10 años, tambien medan un informe favorable del ayuntamiento para la contratacionde la luz considerando como vivivenda lo construido, tambien tengo recibo de haber pagado el IBI como inmueble, tengo tambien el alta de la finca en el catastro.
mi pregunta es tendre algun problema para realiza la compra y pasar las escrituras a mi nombre?, cuando realize la escritura nueva podre reflejar la vivienda?, podra el ayuntamiento derribar la casa?, para realizar la escritura tendre que solicitar una licencia de obra nueva? y si me perjdicaria.
Bueno mucha gracias por anticipado y si alguien me puede orientar un saludo
Problema para comprar e inscribir la la finca a tu nombre no debes tener ninguno.
Inscribir la casa...............eso es otra cosa. Solicita por escrito en el ayuntamiento la cédula urbanística de esa parcela, certificado de la constancia de existencia de la casa y en su caso, de que no tiene ningún expediente de infracción urbanística incoado y si lo tiene, que la infracción a prescrito.
Ten mucho cuidado con lo que compras en zonas protegidas.
Hola alga, gracias por el consejo.
He visto en el catastro que aparecen tanto la finca, como la vivienda, pero por separado, con distintos registros catastrales, aunque ubicados en el mismo lugar (polígono y parcela). Con la finca aparece como terreno no urbanizable, de secano y de pastos. Con la construcción aparece como fin para vivienda y trastero, indicando los metros que tiene la casa. ¿Por qué crees que aparecerán por separado? ¿Estará legal así? ¿Será posible escriturarlo todo junto? Gracias, creo que soy un mar de dudas, no creeeeeeeeeeeeeeeees?
Que conste en el catastro todo junto no te garantiza que la construcción sea legal.
Ya te he dicho que soy de la opinión de que procedas a formular en el ayuntamiento la solicitud que te he indicado. No debes olvidar que el objeto del catastro es verificar la existencia de edificaciones para cobrar el IBI, no legaliza urbanísticamente hablando, las edificaciones.
Solicitar la certificación en el ayuntamiento es un trámite elemental y sencillo que se debería hacer siempre antes de comprar suelo rústico con edificaciones en él, especialmente cuando es protegido, para evitar sorpresas desagradables.
Aunque no se si es el caso, en muchas ocasiones parece que se nos ofrece la compra de verdaderas gangas cuando no es así.
Te recuerdo aquel dicho que dice, " hombre precavido vale por dos ".