Ha habido un caso de unos padres que compraron unas fincas rusticas, y directamente lo pusieron a nombre de su hijo. Posteriormente el hijo falleció, y la viuda reclamó la mitad en concepto de gananciales, independientemente de su cuota viudal, siendo la sentencia a su favor.
Situación actual, la nueva pareja de su nuera disfruta de unos bienes, que se pueden libremente vender... en perjuicio de los nietos del matrimonio.
Un saludo.
Lo mejor es que el que lo compra lo ponga a su nombre, es decir a nombre de los abuelos. Que luegon hagan un tesamento y como tienen un trecio de libre disposición, que le deje a sus nietos con sus nombres y apellidos la vivienda.
En la Comunidad de Madrid, hay una bonificación del 99%, tanto en el Impuesto de Sucesiones, como en el de Donaciones. Es decir, que si tienes que pagar 3.000,- euros de impuestos, solo pagas 30. Por lo tanto, como te han comentado, es irrelevante lo que decidan hacer, teniendo en cuenta este aspecto solamente.
En otro orden de cosas, si la voluntad de los abuelos es igualar a todos los nietos, y se lo dejan directamente a estos dos, no pueden garantizar si posteriormente puedan tener mas (via posteriores matrimonios del hijo), por lo que tal vez sería mas aconsejable ponerlo a nombre del hijo.
Un saludo.
Para no contribuir a confundirte, he de decir que desconozco el impuesto en Madrid, escribo desde Andalucía, aquí la diferencia es como el día y la noche. Así que probablemente tiene razón x-aaa
Si no me equivoco, las bonificaciones en el impuesto de sucesiones y de donaciones en Madrid son las mismas, por lo que fiscalmente lo mismo da; pueden donarle el dinero y que el hijo o nietos compren directamente el piso.
No me cabe duda de que fiscalmente la mejor opción es que lo compren los abuelos. Así, probablemente no pagarán impuestos sus herederos. Si quieren quedarse más tranquilos, pueden hacer testamento en la forma que deseen que quede el piso cuando falten. Estoy de acuerdo en que parece una donación y tampoco hay que olvidar la legislación sobre blanqueo de capitales, que obliga a demostrar de dónde procede el dinero en la compra, que ha de reflejarse en la escritura.
Hola Buenos dias
Gracias por adelantado por vuestra ayuda.
Os pongo un caso Abuelos, con un solo hijo y 2 nietos.
Quieren comprar un piso y como dicen que les queda poco tiempo de vida, quieren ponerlo directamente a nombre de su unico hijo o a a nombre de sus don nietos.
Quieres saber que les conviene mas, y que peros tiene cada situacion.
Al tener un hijo unico y estar hablando de madrid, el impuesto de sucesiones es casi nulo pero no lo quieren poner a su nombre.
Si lo ponen a nombre de hijo, ¿pueden tener algun problema ?¿puede ser una donacion encubierta?
Se puede poner a nombre de los nietos?
Imagino que lo mas sencillo es ponerlo anombre de los abuelos ¿ que opinais=
Lo dicho, muchas gracias.