Soy funcionario de Comunidad Autónoma en una Unidad Comarcal y mi jefe me ha asignado tareas, de forma sistemática y periódica en el tiempo, que sí son de mi competencia profesional, en otra Unidad Comarcal. No se trata de una comisión de servicios sino que en determinadas horas del día haga unas tareas en una Unidad y otras en la otra Unidad.
Lo que trato de decir es que si soy de la Unidad Comarcal 1, creo que solamente tengo la competencia GEOGRAFICA/TERRITORIAL en la Unidad Comarcal 1, y no en la 2.
Alguien me puede ayudar y decirme en base a que normativa o sentencia de jurisprudencia me puedo negar a las pretensiones de mi jefe.
Si esto sigue así, creo que mi RPT se está desvirtuando en relación a la competencia territorial.
Gracias, un saludo
Ela ficha descripcion de la RPT solamente indica las tareas y funciones y la dependencia jerarquica, no dice nada del ámbito geográfico, pero en las estructuras sí que estoy en un ámbito geográfico (en la Unidad Comarcal).
Lo que necesito es alguna sentencia en la que se indique expresamente que el funcionario no tiene la obligación de realizar tareas fuera de su ámbito competencial geográfico (por supuesto que entiendo que si se está realizando una comisión de servicios sí que se puede salir del ámbito geográfico).
Gracias, un saludo