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¿ como se resuleven estos casos en el juzgado?

25 Comentarios
Viendo 21 - 25 de 25 comentarios
16/03/2010 00:35
Boadill si estaba o no preparado para ser padre deberia haberlo pensado antes...
y considero que para todos los niños es bueno pasar el tiempo con su padre y para ello es necesario la custodia compartida.
No es que se le este juzgando por las experiencias personales sino que es muy dificil decir algo bueno de alguien que afirma que como es muy duro criar a los hijos y como no estaba preparado pues le deja la faena a la madre, que prefiere su bienestar al de sus hijos, pues que quiere que yo le diga si yo veo a mi hijo mal me es IMPOSIBLE estar bien yo.
En cuanto a lo de la interina pues es lo que hacen muchos muchisimos padres y madres y es que no es el unico que trabaja...
Por ultimo para contestarle a su pregunta inicial ¿ha pensado en hacer el cambio poco a poco? Es totalmente comprensible que los niños no quieran un cambio en sus vidas y mas cuando el cambio se hace de la noche a la mañana. Los niños necesitan estabilidad y seguridad. Así que prueve a cambiar las costumbres poco a poco, unas horas un fin de semana, que su pareja lo acompañe alguna tarde de visitas, y ir aumentando el cambio progresivamente.
16/03/2010 08:31
Esto no es general para todos hay casos y casos pero POR FIN!!!! alguien es sincero.
Enhorabuena-
16/03/2010 11:11
boabdill,

Si usted ha modificado por su cuenta, los periodos de fines de semana que sus hijos tienen derecho a estar con usted, es lógico que la madre solicite que dicha modificación judicialmente. Es más, tal y como le han comentado, debería haber sido usted quien haya solicitado dicha modificación, para no tener problemas.

El régimen de visitas se establece, no sólo por un derecho que tienen los progenitores, sino sobretodo por el derecho que tienen los hijos de relacionarse con ambos progenitores, lo cual se convierte en una obligación para dichos progenitores.

Es decir, lo que prima en todo momento es el bien del menor, no el bien y conveniencia de los progenitores. Además, tanto el progenitor no custodio como el custodio, tienen el mismo derecho a rehacer sus vidas, y no a tener sus vidas pendientes de la vida del otro. Si usted decide modificar dichas visitas a su conveniencia, ello implica que el otro progenitor ha de estar a expensas de lo que usted desee hacer en su vida privada.

Por lo que he entendido, usted trabaja en Vitoria, además posee otra vivienda en vitoria, pero como la vida de su actual pareja está en Irún, usted ha decidido cambiarse a vivir allí, sólo los fines de semana, puesto que entre diario vive en Vitoria para su trabajo. ¿donde está el problema?. ¿qué es lo que a usted le impide recoger a sus hijos los fines de semana que le toca?. Siempre hay opciones de cómo hacer las cosas, estoy segura.

saludos
16/03/2010 13:51
No juzgo a la persona, que no la conozco, sino al dibujo que hace de sí mismo a través de sus palabras aquí escritas: es por ese tipo de perfiles, porque son mayoría o se toman por mayoría (desconozco las estadísticas), que los padres realmente volcados al 100% con sus hijos sufrimos, como efecto colateral de una generalización absurda, la mal llamada discriminación positiva que nos sitúa en tan difícil situación a la hora de luchar por estar con nuestros hijos en igualdad de condiciones con las madres.
Y yo no me puedo quejar, con lo que hay por ahí, aunque mi trabajo me ha costado lograrlo, pero no por ello dejaré de luchar hasta lograr lo que es justo, no para mí, sino para mi hijo, que es la guardia y custodia compartida.
Si hubiera menos como el perfil que usted ha dibujado, Boabdil, nos sería menos difícil a los demás lograr que se hiciera justicia.
16/03/2010 15:47

yo ya no se como decir las cosas!!!!!!!!

primero:
he creado un hilo de debate q no queria crear sobre la custodia

segundo:

Me ratifico en mi apoyo a la custodia compartida , como norma general en los casos de separacion y divorcio siempre q ambos tutores , esten capacitados .

Ahora bien creo q todos los tipos de custodia son buenos , sobre todo si son de mutuo a acuerdo


16/03/2010 16:55
Hay que saber distinguir las diferencias entre no estar capacitado, por sufrir algun tipo de discapacidad, y no estar capacitado por no querer asumir mayor responsabilidad.

Usted las cosas las ha dicho de forma muy clara, se le ha entendido perfectamente.

Se le han dado en este hilo aportaciones legales, opiniones personales y demás. Quedese con la parte que a usted le convenga, y haga lo que crea conveniente.