Hola Alibera, sinceramente,admiro tu valentía. Muchas causas justas quedan en el tintero porque la gente inocente prefiere pagar que enfrentarse al monstruo de la burocracia administrativa.
Yo estuve 4 años esperando un juicio por una multa de tráfico injusta (me habían denunciado por hablar por el móvil pero el vehículo estaba detenido en un atasco con el motor apagado, tal y como recomienda la DGT luego no ha lugar el tipo infringido) y no me parecía justo como ciudadano aceptar tal ignominia.
Recurrí y recurrí al igual que tu, la administración en ningún caso me razonaba sus negativas. Solicite un abogado de oficio que no tuvo que hacer mucho.
Me explico, con los argumentos que yo di a la administración antes de agotar esa vía, el juez pudo anular la sanción solo con el primer párrafo... pero mejor que la sentencia fue la vista... abroncó al abogado del Ayuntamiento (de una ciudad grandecita), le dijo que era una vergüenza, señalandome en el juicio el propio magistrado, que nadie me hubiera motivado ni una sola vez por qué me habían denegado la razón. Le dijo " A este señor que se ha molestado en enviarles unos detallados escritos nadie le ha contestado, nadie le ha explicado nada y lo estaís haciendo mal todo el tiempo"... imaginate cuando escuché eso!!
Fue una efímera victoria, pero me sirvió para corroborar que gracias al cielo a veces se puede confiar en la separación de poderes y en la Justicia como protección del débil ciudadano frente al poderoso estado. Así que mucho ánimo y a tope a defender tus derechos.
PD: después conocí la fama de justo y gran profesional que tenía este magistrado, no era inmerecida desde luego, no por darme la razón, sino por protegerme del abuso y de la desporporcionalidad.
(Primer post) Gracias Fanegas. Todavía espero respuesta de la admon, después de haber recurrido. Pero sí, lo que espero es que sigan insistiendo en la aplicación de la sanción y yo confío en lo que dices, en llevar el caso ante un juez, espero, imparcial
Con respecto al primer post, el de la ley mordaza. Tu intuición no te falla, va a ser complicado que la misma administración que te quiere multar se quite la razón a si misma. Confía en que los jueces tienen otra forma muy diferente de entender el derecho que la policía.
A Alandem: supongo que si puedes demostrar que el spray que te habías encontrado casualmente estaba caducado ya que si no hubiera sido así, jamás lo hubieras recogido del suelo por lo peligroso que puede llegar a ser, tu recurso fructificará.
Me denuciaron por llevar un Spray no homologado pero caducado desde el año 2010 solicite copia de la denuncia ya que los
agentes me dijeron que ya que lleva mucho tiempo caducado NI iban
a denunciarme.
El art.36.10 hace referencia a
"Portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso,aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infraccion
penal "
Pues en caso de estar inofensivo No se PUEDE CONSIDERAR como arma prohibida, ademas.
Esto es lo que he alegado a la propuesta de sancion de 601 € , VAYA pandilla de ladrones !!
A final creo que ire hasta el tribunal del contencioso o al que le corresponda
ALGUIEN HA TENIDO ALGO PARECIDO ???
Cómo recurrir objetivamente un expediente sancionador
Estoy tratando de recurrir una sanción motivada por la famosa ley mordaza. La verdad que no es mucha la cuantía, pero es que el policía miente como bellaco, entiendo que para justificar la sanción.
Tras recibir el acuerdo de iniciación de expediente sancionador, recurrí, a lo que se me respondió en la propuesta de resolución que como no se deducía la existencia de razones objetivas que desvirtuaran los hechos denunciados, se declaraban probados y a mi como responsable.
Claro, entiendo que cuando una persona trata de defenderse, lo hace siempre desde su punto de vista, o sea, de forma subjetiva, frente a la palabra del policía, que al aplicar el art. 52 de ley mordaza, se vuelve objetiva y lo que diga es irrefutable.
Vale, hay que cambiar de táctica y volver a alegar, de la manera más objetiva posible, y es por ello que entro en este foro, esperando que alguien me pueda asesorar:
1) en el acuerdo de iniciación, el denunciante es la x unidad de intervención policial de x ciudad. En la propuesta de resolución, ni siquiera aparece el dato 'denunciante'. ¿Es esto correcto? ¿Puede ser el denunciante la unidad de intervención?¿No debería de aparecer la identificación del o los policías, personas físicas, los que me denuncian?
2) si la sanción puede oscilar entre los 100 y 600 euros, ¿Cómo se decide la cantidad? A mi se me ha impuesto 200€ ¿En base a qué, siendo que no tengo antecedentes, ni soy reincidente?¿Qué dice el ppio de proporcionalidad?
3)volviendo al punto 1, si en la segunda notificación no aparece el dato 'denunciante', ¿Es válido? Se vulnera algún aspecto del procedimiento administrativo? Al no ratificarse (a falta de identificación como denunciante)¿Incurre en delito de prevaricación?
Y 4)¿Cuál es el protocolo que debo de seguir? (mi intención es elevar el caso a los juzgados, creo que así sería un juicio justo y sería un juez quien de manera objetiva me juzgara)¿Cuántas notificaciones más tendré que recurrir antes de dar el paso a los juzgados?
Muchas gracias de antemano