"La madre es adoptada por la mujer de su padre., y se hace pasar por abuela" Si está adoptada por la mujer, esa mujer es la madre de la madre y,por tanto, la abuela de tu hija. No hay diferencias entre abuelos biológicos y abuelos por adopción. Es abuela de la niña y, por tanto, familia de la niña
Yo tengo un caso parecido., la familia de la madre hace lo posible para impedir cualquier contacto con mi hija de 14 años. Siempre han fomentado la separacion entre padre e hija. A día de hoy mi hija no quiere verme , me tiene bloqueado en llamadas y whatsapp. La han comprado con telefono., apple, ropa., etc.
La madre es adoptada por la mujer de su padre., y se hace pasar por abuela. A donde coy es que esta mujer se la lleva a Francia en coche y mi hija no tuene ni dni ni pasaporte en vigor., peeo pasar la frontera de esta manera casi nunca te paran. No se como puedo denunciar porque esta mujer no tiene custodia ni patria potestad.
PASAPORTE:
Este documento habilita a su portador a viajar a todos los países del mundo (incluso a los ya mencionados de Europa). No obstante, en China, India o Egipto, el pasaporte por sí solo no basta, hay que presentar además un visado de turista. Este requisito es indistinto para los mayores y los menores, de modo que antes de lanzarse a la aventura conviene llamar al consulado del país de destino para preguntar qué documentación solicitan sus autoridades para permitir el ingreso de extranjeros.
AUTORIZACIONES ESPECIALES:
La expedición del pasaporte de un menor -siempre en compañía de sus padres o tutores legales- lleva implícito el consentimiento de los adultos para que ese niño pueda viajar, pero nunca está de más presentar una autorización expresa para emprender la travesía. ESTE ESCRITO SE OBTIENE EN LAS COMISARÍAS DE POLICÍA, EN LOS PUESTOS DE LA GUARDIA CIVIL, LOS JUZGADOS Y LAS NOTARÍAS, y es especialmente necesario cuando el menor va a viajar solo o a cargo de otras personas que no sean sus padres (con la familia de un amigo del colegio, con sus profesores de instituto...). TAMBIÉN ES ÚTIL CUANDO SUS PADRES ESTÁN DIVORCIADOS Y VIAJA SOLO CON UNO DE ELLOS AL EXTRANJERO. LA AUTORIZACIÓN ES IMPRESCINDIBLE SI EL MENOR, EN LUGAR DE PASAPORTE, SOLO TIENE DNI.
LIBRO DE FAMILIA:
Si el menor viaja con sus padres, es aconsejable que estos lleven el libro de familia, sobre todo, en España. En general, el libro no es imprescindible para el viaje en sí, sino para realizar la tramitación previa de otros documentos -como el DNI o el pasaporte- puesto que, al no incluir fotografías de los niños, no se considera válido como documento de identificación. Sin embargo, es un elemento más que prueba la relación de consanguinidad y que recoge, a su vez, que esos adultos tienen la patria potestad y la custodia del niño. Cuando el documento lo permite, conviene que los hijos estén inscritos en los pasaportes de sus padres, donde sí figura su fotografía.
TARJETA SANITARIA INTERNACIONAL:
no es obligatoria en todos los casos, pero varios países la exigen, incluso dentro de la UE. Además de los seguros médicos privados que se puedan contratar, supone una tranquilidad extra para la familia que viaja, ya que habilita a sus titulares a recibir atención médica en los servicios sanitarios públicos del país de destino. La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) tiene validez por un año y se puede tramitar por Internet o en las dependencias de la Seguridad Social.
VACUNACIÓN:
Hay una extensa lista de países a los que no se puede viajar sin haberse vacunado antes contra ciertas enfermedades. Virus que en España se han erradicado, pero que en otros lugares siguen activos. Esto es válido para los mayores y los menores, aunque los niños son más vulnerables y constituyen un grupo de riesgo al que hay que prestar especial atención. En España, hay 77 Centros de Vacunación Internacional especializados en estas cuestiones. En ellos se administran las vacunas obligatorias y las recomendables, se informa sobre ciertas enfermedades y se brinda un servicio sanitario de asesoramiento en materia de medicina al viajero. Aunque la atención es inmediata, conviene acudir con tiempo, ya que algunos tratamientos de vacunación previos al viaje pueden extenderse entre cuatro y seis semanas.
Para viajar con menores, hay que conocer qué documentación exige cada país o medio de transporte y tenerla en vigor.
Viajar con un menor de edad a otra ciudad o país exige llevar documentos que pueden variar según el destino y el medio de transporte que se elijan. Aparte de los preparativos y las precauciones habituales que requieren unas vacaciones con niños, resulta esencial llevar toda la documentación necesaria y asegurarse de que está en vigor.
En el verano, tiempo de vacaciones por antonomasia, las agencias de viajes promocionan infinidad de paquetes turísticos. Abundan las ofertas, los folletos, las revistas... En estos meses, la mayor parte de las familias intenta escaparse unos días. Además de elegir las fechas y el lugar, calcular el presupuesto disponible y pensar el contenido de la maleta, los planes no acaban ahí cuando se quiere viajar con niños. Desplazarse con un menor de edad a otra ciudad o país exige cierto papeleo extra, que puede variar según el destino y el medio de transporte. Por esta razón, además de los preparativos típicos para las vacaciones y de las precauciones habituales que requieren los pequeños, hay que llevar toda la documentación necesaria y en vigor. No disponer de los documentos que se piden (tanto en España como en el lugar al que se viaja) puede ocasionar la denegación del embarque o del ingreso en otro país.
No disponer de los documentos exigidos puede ocasionar la denegación del embarque o del ingreso en otro país
Para evitar este contratiempo -que, por desconocimiento o falta de previsión, sufren decenas de familias al año-, conviene informarse con antelación, ya que algunos trámites (o sus pasos previos) pueden tardar varias semanas. Antes de contratar una excursión, adquirir un paquete turístico o comprar los billetes de barco o avión, es imprescindible preguntar a la agencia de viajes o la compañía de transporte responsables qué documentos se necesitan para poder hacer la travesía con niños. Como señalan desde Aena, aunque hay unas directrices básicas, las empresas funcionan de manera independiente y algunas pueden solicitar más documentación que otras. También varían las exigencias de los distintos países de destino y en función de la relación que tenga el menor con el adulto que le acompaña.
Las variables son muchas y pueden darse situaciones puntuales complejas. Pero hay papeles imprescindibles cuando se viaja con un menor:
DNI:
Toda persona mayor de 14 años está obligada, por ley, a tener un Documento Nacional de Identidad. Por lo tanto, es un carné exigible por el personal de migraciones. Los menores de 14 años no tienen esta obligación. Sin embargo, en muchas compañías aéreas lo piden. El DNI es válido para viajar dentro de España y, también, a todos los países de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo (Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Mónaco, Noruega, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, República Eslovaca, Rumania, San Marino, Suecia y Suiza).
En el siguiente documento se exponen consejos e información en relación con la documentación necesaria para viajar con niños.
Bajo mi punto de vista, el problema y la gravedad que existe con la salida de menores hijos de padres separados o divorciados legalmente, sin el conocimiento ni la autorización del otro progenitor, está en los casos donde el riesgo de sustracción de menores es más elevado.
En este sentido entiendo que ante la sospecha de una posible situación de sustracción de hijo menor, por parte de alguno de sus progenitores, se deberían solicitar las medidas previstas en el Código Civil (arts. 158.3.), establecidas desde la modificación del año 2002 por la Ley Orgánica 9/2002, de 10 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, y del Código Civil, sobre sustracción de menores.
Artículo. 158.3
El Juez, de oficio o a instancia del propio hijo, de cualquier pariente o del Ministerio Fiscal, dictará:
3. Las medidas necesarias para evitar la sustracción de los hijos menores por alguno de los progenitores o por terceras personas y, en particular, las siguientes:
a. Prohibición de salida del territorio nacional, salvo autorización judicial previa.
b. Prohibición de expedición del pasaporte al menor o retirada del mismo si ya se hubiere expedido.
c. Sometimiento a autorización judicial previa de cualquier cambio de domicilio del menor.
Sin animo de ofender a la guardia civil del aeropuerto de Barcelona... me parece una chorrada lo que te han dicho.
En mi caso, soy madre custodia, he viajado con mi hijo menor de edad a Tunez y a la Riviera Maya, en ambos casos, se necesita pasaporte (cuando he viajado dentro de la Comunidad Europea, he llevado el DNI del niño), y el pasaporte que uso mi hijo en ambos casos, esta expedido vinculado al de su padre (se le saco pasaporte al niño antes del divorcio, y el nº que se hizo constar, fue el del DNI del padre).
Bien, como digo, soy madre custodia, asi que segun la guardia civil del aeropuerto de Barcelona, no tendria que llevar autorizacion del padre. Pero ¿¿¿¿¿¿como saben ellos si soy madre custodia o no?????? Porque hasta ahora, nunca jamas en el aeropuerto me han pedidio el convenio regulador, vamos, ni siquiera han preguntado si estoy divorciada, o soy viuda, o madre soltera....
Asi que me pregunto ¿si mi hijo viaja con su padre, como saben que el padre no es el custodio? ¿se lo ven en la cara?
Eso si, yo siempre he viajado desde el aeropuerto de Madrid....
Hace 2 dias me puse en contacto con los mossos de escuadra , y me dijeron que efectivamente no hacia falta autorización ninguna , pero tambien llamé a la guardia civil de el aeropuerto de Barcelona y para mi sorpresa me dijeron que si viajaba con el custodio no se precisaba autorización de la otra parte , pero que si viajaba conmigo (solo tengo la patria potestad compartida ) si necesitaba autorización de la madre ,en este caso .
daath57 ojala pudiera haber entendimiento , por el bien de la niña la historia está en que esta mujer hace 4 años se me llevó a mi niña a vivir a mas de 1000km de mi , y desde entonces (curiosamente desde que conocí a la que actualmente es mi mujer) esta señora me incomunicó telefonicamente de mi hija y en 3 ocasiones no me la entregó en fines de semana que me correspondia , hice esos mas de 1000kms ida y 1000 vuelta y nada yo ponia la correspondiente denuncia y absuelta porque mi convenio no estaba claro que fin de semana me tocaba a mi ,
pido modificaión en 2009 tarda casi 2 años en la cual lo unico que pido es poder hablar cada dia con mi hija y poder pasar mas tiempo con ella , gano el recurso , ella apela a la audiencia entre otras cosas porque no entiende porque , por ejemplo me dan 10 dias mas en verano (increible) ni que me tenga que dar ningun telefono puesto que ya tiene uno y es donde se realizan las comunicaciones (ese telefono se lo puse yo hace 4 años y lo pago yo) , pero de todas formas de poco sirve en estos ultimos 6 meses e conseguido hablar con ella en 3 ocasiones ella alega qu es la niña que no quiere hablar conmigo , ahora que tengo a mi hija ella me dice que ella no escuchaba el movil ,(que curioso se le habrá roto el volumen) el caso es que gano el recurso de la audiencia ,! integro! voy en semana santa a buscar a mi niña (la semana santa me la conceden entera ) y ella no me entrega a la niña , la condenan a una multa irrisoria , pero la condenan , ahora e pedido la ejecución de la sentencia , y entre otras cosas se pide que si la madre sigue en sus incumplimientos de la sentencia, se la juzgue por desobediencia a la autoridad judicial y que en tales casos se podria hacer un cambio de custodia en mi favor.
Siento la retaila , y podria ser muchísimo mas extenso , este calvario dura ya 6 años , pero e creído que devía explicar un poco del porque no hay entendimiento , es complicado que lo haya cuando no te dejan hablar ni ver a tu hija , y cuando hablo con ella tienes a la madre , por detrás insultándome , a grito en voz.
PatCR ¿de donde sacas semejante informacion? A menos que sea muy reciente, de ayer o asi, no tienes razon en absoluto.
De hecho, te estan diciendo que una niña viajo con su madre sin autorizacion del padre... asi que...
Yo misma he viajado con mi hijo tanto a paises de la comunidad europea como fuera, y jamas me han pedido autorizacion alguna de su padre.
Ahora que si las cosas han cambiado... me tendre que enterar ya que tengo previsto un viaje a Dublin este verano y no se me ha ocurrido para nada pedirle autorizacion al padre
No es así. En todos los aeropuertos españoles, para salidas internacionales (incluidos destinos a la Unión Europea), si un menor viaja con un único progenitor, debe presentar la autorización del otro.
Efectivamente, no hace ninguna falta autorizacion para viajar con un menor fuera de España. El menor viaja acompañado de su padre/madre/tutor, con pasaporte (o DNI) y es suficiente.
Y como ya te han dicho, si tu quieres viajar con tu hija fuera de España en el periodo que esta contigo, tampoco necesitas autorizacion de la madre
Por si te sirve la información, hace unos años mi hijo se fue con su padre fuera de España a un viaje, él me pidió una autorización por escrito por si le surgían problemas, se la hice y luego me contó que no le había hecho ninguna falta.
Así que por lo que yo se hasta ahora no hace falta.
Saludos.
Hola garigoni: si el convenio no prevé nada al respecto y aunque te cueste creerlo o aceptarlo, va con la madre y no la está raptando, sino que dentro de su período puede ir con la niña donde considere siempre y cuando se respete el interés del menor. Y creo yo y cualquier persona que llevarla de vacaciones con ella es algo bueno.
Del mismo modo pasará si te la llevas tú porque también tienes la patria potestad. Así que cuando la niña te toque a ti, puedes coger e ir con ella donde consideres para su bien.
Otra cosa será que por el bien de la hija que tenéis en común, lleguéis a un entendimiento y os comuniquéis que la nena va a salir, ya sea del país o al pueblo de al lado.
Gracias mata hari por contestar, en el convenio no tenemos firmado nada respecto a viajes, ya que no preveía que ninguno de los dos sacaramos a la niña fuera de españa, pues los dos somos españoles y no tenemos familia fuera. Lo que si tenia entendido es que ninguno de los dos puede sacar a la niña del territorio español y que para hacerlo hace falta la autorización del otro progenitor. La cuestión es que mi hija se fue y yo no sabía nada, pensaba que estaba en su casa y si hubiese pasado algo yo no me entero. A mi no me habría dejado salir del territorio español, te lo aseguro.
Creo que si no haga nada al respecto lo hará cuantas veces quiera y yo no me enteraré de donde está mi hija.
Entonces ella puede llevarse a mi hija a otro estado y yo sin saber nada? porque me parece muy fuerte.
Saludos
buenas tardes, no se que condiciones teneis firmadas en el convenio del divorcio, tienes que mirarlas y si se recoge que te tienen que informar de los viajes que realice tu hija debes denunciar lo ocurrido por incumplimiento del convenio.
Como es posible que mi hija haya pasado por los aeropuertos sin mi consentimiento?
por fin y despues de 6 meses tengo a mi hija conmigo , para pasar la mitad de las vacaciones , el caso es que la niña me a dicho que hace unos meses estuvo con la madre de vacaciones ( 7 dias perdiendo la pertinente semana de colegio ) fuera del pais , mas concretamente a Punta Cana America , no entiendo como es posible que mi hija haya pasado por los aeropuertos sin mi consentimiento , ¿que puedo hacer?