Hola!
Mi duda es la siguiente: si estás ocupando un puesto mediante una comisión de servicio, se considera que es un destino definitivo?
la duda surge dada la obligatoriedad en muchos concursos, de que hayan transcurrido 2 años desde la toma de posesión del último destino definitivo.
Es decir, si se debe permanecer en el puesto de trabajo adquirido por dicha comisión 2 años, o si por el contrario, y si en el anterior puesto de trabajo ya se tuviesen acumulados los 2 años, se podría concursar.
Un saludo y gracias.