Trabajo en un ayuntamiento en el que está vacante una plaza de tecnico de administración general (TAG- Grup A)
Para cubrir esta plaza de forma provisional hasta que se haga el proceso selectivo, se nombro en comisión de servicios a una persona que es auxiliar administrativa en el mismo ayuntamiento, y que tiene el titulo de derecho.
En mi opinión este nombramiento no es correcto, pues deberia haberse nombrado a algun funcionario con una plaza del grupo A, y no a alguien del Grupo D, independientemente de que esta persona tenga la titulación.
1. Cuando un puesto de trabajo quede vacante podrá ser cubierto, en caso de urgente e inaplazable necesidad, en comisión de servicios de carácter voluntario, con un funcionario que reúna los requisitos establecidos para su desempeño en la relación de puestos de trabajo.
Ergo no es ajustado a derecho, pues un A.A en la RPT tiene como exigencia una titulación y n intervalo de niveles.