En las ventanas de mi casa tengo un alféizar de más de 30 cm.
Mi mujer coloca por las mañanas algunas macetas y por temas de seguridad, para que en ningún caso puedan caer, he colocado una sencilla protección que va atornillada a las caras interiores del alféizar de la ventana.
La comunidad de vecinos me ha anunciado que me va a denunciar por alteración de la fachada. Sin embargo en las cornisas de las terrazas de los áticos han colocado protecciones comunes y están llenas de macetas, además de haber realizado cerramientos.
Existe algun tipo de protección legal que pueda poner para cuando mi mujer saque las macetas a la ventana?
Cuando digo protección "legal", me refiero a alguna instalación o sistema de protección para evitar que en ningún caso las macetas puedan caer a la calle, cuando las colocamos de maenera temporal, durante unas horas en el alféizar.
Efectivamente el alfeizar de las ventanas forman parte del elemento común de la fachada de las fincas, por lo que siento comunicarle que si la comunidad aprueba actuar contra Ud. por este tema esta en su perfecto derecho.
Lo único es que, si Ud. realiza este acto durante unas breves horas al día, estando la mayoría de horas restante totalmente libre el alfeizar como en el resto de las ventanas, no tendría mucho sentido que la Comunidad proceda en meterse en un proceso donde al final las costas judiciales cada uno va a tener que pagarse las suyas, e incluso dependiendo del Juez con el que topen se le cargan todas a ellos como demandantes por considerar el Juez esta demanda nímia que no contiene un peso suficiente para llegar a un juicio, por lo tanto hable Ud. en la Junta e indique que esta actuación la realiza Ud. en unas mínimas horas, a ser posible coga las horas de menos atención pública, y que se compromete a que el resto de tiempo no exista nada en el alfeizar con el fin de llegar a complicarse la vida tanto la comunidad como Ud.
Contestación realizada por gentileza de www.movilgestion.es
Una última pregunta: por qué la colocación de macetas con un elemento de protección en el alféizar se considera alteración de fachada y sin embargo para la cornisa de las terrazas de los áticos no?