Es una pena que no se pueda editar en estos foros.
El título de este hilo es difusión de imágenes grabadas con consentimiento pero sin autorización para su difusión
Recupero el hilo anterior
http://www.porticolegal.com/foro/penal/981266/nuevo codigo penal-difusion de imagenes
Aquí aparece el texto articulado tal y como quedaría:
Centésimo duodécimo. Se añade un apartado 4 bis al artículo 197, con el siguiente contenido:
“4 bis. Será castigado con una pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a doce meses el que, SIN AUTORIZACIÓN DE LA PERSONA AFECTADA, difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones audiovisuales de aquélla que hubiera obtenido con su ANUENCIA en un domicilio o en cualquier otro lugar fuera del alcance de la mirada de terceros, cuando la divulgación menoscabe gravemente la intimidad personal de esa persona.”
ANALICEMOS LO QUE YA TENÍAMOS HASTA AHORA
********* VIGENTE
Declaración Universal de los Derechos Humanos
Artículo 12:"Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su correspondencia, ni de ataques a su honra o su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques."
*********** VIGENTE
El Art. 18 de la "Constitución española de 1978" establece:
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
4. La Ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
*********** VIGENTE
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
Artículo Segundo.
Uno. La Protección Civil del Honor, de la Intimidad y de la Propia Imagen quedará delimitada por las leyes y por los usos sociales atendiendo al ámbito que, POR SUS PROPIOS ACTOS, mantenga cada persona reservado para sí misma o su familia.
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Véase la coletilla "POR SUS PROPIOS ACTOS"
¿existirá un solapamiento entre el nuevo CP y la LO 1/1982?