Hola. Me gustaría saber en qué consiste la vía de apremio. La administración me abrió un expediente sancionador y no ha atendido mis reclamaciones fallando en el acto administrativo con la imposición de una multa de 700 euros que si no la pago en el plazo de un mes me dicen que podrán cobrarla por la vía de apremio. ¿Cómo se llevaría a término caso de que decidiera no pagar?. Puse un recurso de alzada y no he recibido noticia alguna. Si no pago ¿cuánto más caro me puede salir el tema? ¿tendré que ir a un juicio?. Gracias por adelantado a todos.
La vía de apremio consiste básicamente en que las administraciones públicas pueden cobrar ciertas deudas directamente por la vía forzosa, sin necesidad de acudir a los tribunales, ellos se lo guisan y ellos se lo comen.
Es un procedimiento ejecutivo que puedes encontrar regulado en la ley 58/2003 General Tributaria.
Leida la ley que me dejas concluyo que si me salto todos los plazos y paso de todas las cartas que me envíen me costará un 20% más la faena, pero me pregunto: ¿cómo van a cobrarme todo si yo no estoy dispuesto a firmar nada de nada? ¿se lo cobrarán de mi cuenta corriente? ¿Hay algo más a parte del 20% y los intereses de demora?. ¿hacienda interviene aquí? ¿puedo alegar que he puesto un recurso de alzada que no me han contestado?. Muchas gracias de verdad por vuestra ayuda.