En octubre del 2012 causé baja en la compañía en la que trabajaba (desde mayo de 2007) debido a una suspensión de contrato por haberme declarado el INSS una Incapacidad Permanente Total. En la liquidación que recibí se me abonó el rescate del plan de pensiones que tenía con la empresa y tributé por el mismo en la declaración realizada en el 2013 como rendimientos del trabajo.
El plan de pensiones de la compañía contemplaba una serie de indemnizaciones para los casos en los que al trabajador se le declarara una incapacidad permanente en cualquiera de sus grados, ya viniera derivada de una enfermedad laboral, un accidente laboral o por enfermedad común como era mi caso. Esta cantidad podía cobrarla en el momento en que se produjera la incapacidad (2012) o a los dos años de producirse, es decir, una vez se acabara el tiempo correspondiente a la reserva de puesto de trabajo que contempla la ley.
Pasó que ni una cosa ni otra, recibí en el 2013 el importe de dicho seguro asociado al plan de pensiones y en la declaración del 2014 aparecía el mismo como Plan de Pensiones y tuve que tributar por el como rendimientos del trabajo. Pagué los 13.000 euros que correspondían, hablé con el gestor del Fondo de Pensiones (del BBVA) y me dijo que debí de cobrar ese seguro en el 2012, no en el 2013, y que eso era cosa de la compañía que gestionaba los seguros de dicho plan. Por motivos de salud no he podido ponerme con este tema antes, y mi pregunta es que si rescaté el plan de pensiones en el 2013 y figuraba correctamente como rendimientos del trabajo ¿tiene el mismo tratamiento fiscal el seguro que cobré por la contingencia de incapacidad? ¿Es posible que tributará por dos conceptos distintos (rescate e indemnización) asociados al mismo plan como rendimientos del trabajo, como si fueran planes de pensiones distintos? Si alguien sabe algo y me puede orientar agradecería la ayuda, quiero consultar con un abogado fiscal pero como casi todos me gustaría saber si he de mover esto con un abogado o tiene razón Hacienda y ambas cosas tributan como rendimientos del trabajo. Muchísimas gracias por vuestra ayuda