Muchas gracias acabo de leer el articulo 50 del XIV convenio colectivo de centros especiales de empleo y tiene usted toda la razon, nunca se pueden remunerar las vacaciones, pues eso hare no le firmare esa nomina q tanta prisa tienen por q se la firme para mandarla a la Junta de Andalucia hasta q me reconozcan por escrito q me deben esas vacaciones.
1. Las vacaciones no se pagan se disfrutan, eso de que no puede ser que se las pagaran no es válido, lo que ocurre es que si usted no demando pues ahora tras acabar el año ya las tiene perdidas, (eso de que se las pagaran dicho de palabra, las palabras se las lleva el viento), como dependen de la Junta de Andalucía, aún puede usted tener suerte, no les firme usted nada e informe a la Junta que le deben sus vacaciones, ojo no para cobrarlas sino para disfrutarlas, si no lo hace así esas vacaciones estarán perdidas.
Si quieren que firme usted algo que se lo reconozcan por escrito que le deben esas vacaciones y que en ese mismo escrito se comprometan a que pueda usted disfrutarlas en este año.
Buenas, estoy dado de alta en una empresa especial de empleo poseo una minusvalia de un 38%, solicito los dias q se me deben antes de q acabe el año y me dicen q no me lo pueden dar q me los pagaran, se ha acabado el año y no se ha efectuado el abono,me piden q firme la nomina de diciembre pk tienen q llevarlo a la Junta de Andalucia para el tema de las suvenciones q ellos cobran,debo de firmarla sin haber percibido el abono de las vacaciones?