Hombre Lautny(otro que se registra para decir bobadas),ya que estas por que no le aconsejas tambien como robar un coche o reventar la puerta de un chalet o entrar a un bar y sacudirle a alguien para beberse su cerveza.
Desde luego,menudos elementos ¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡
Arxavin dejate de historias y hazle caso a CrisF y a Adelante que son los unicos comentarios que merecen la pena.
Manu99 perdona por no ser tan inteligente como tú! (A ver si lo pillas... esta es una verdadera IRONÍA) Se trata de dar respuestas que ayuden a nuestros consultantes y si puede ser, con argumento legal. Si no, limítate a leer y no manches la estampa escribiendo opiniones supérfluas que se mantienen en los márgenes de la polémina.
Lautny, tú debes ser el jefe de la persona que inicia el tema del foro. De lo q se trata es de cumplir con nuestras leyes y si esta situación se destapa, el empresario debe asumir por ley la regularización de estasituación fraudulenta y situación de "fijo" por mantener una relación laboral irregular con estas dos personas.
En fin, no me gusta nada y siento haber desviado la preocupación del consultante para esto, pero no me quedaba remedio. Gracias a todos.
Yo como empresario, puedo tener a mis trabajadores LEGALMENTE trabajando esos 10 meses y pico, Luego que me firmen el finiquito y santas pascuas, ahi se acaba toda relacion entre ellos y yo.
Que luego ellos acepten estar sin contrato es cosa suya, pues ya saben que fijos no van a estar, y la ley me ampara.
La cosa es que nadie me puede obligar a hacerles fijos, ni aun en el caso que ellos no acepten estar sin contrato pero luego si que acepten volver a la empresa cuando estan esos dos meses fuera.
Vamos que les puedo tener 10 o 20 años en esa situacion, siempre claro esta que ellos me firmen el finiquito despues de esos 10 meses trabajados!! Cuando les vuelva a contratar tras los dos meses de paron, todo empieza de nuevo de cero.
salu2! y no vayas contra los empresarios, sino contra la ley, ya que lo que hacemos los empresarios esta dentro de la legalidad.
lautny, pues... eso comentáselo a un inspector o subinspector de trabajo que si encuentra a un trabajador tuyo trabajando y no tiene contrato ni esta dado de alta en seguridad social... se te cae el pelo, y como sea un sector de riesgo tipo construcción ya ni te cuento por todos los protocolos que tiene con prevención. En cuanto a la concatenación de contratos temporales hay un tope así lo fija el art. 15 apartado 5 del Estatuto de los Trabajadores que en un periodo de 30 meses hubiesen estado contratados en un plazo superior a 24 meses mediante uno o más contratos temporales -indistamente de quién sea el empresario (ETT, autónomo, subcontratas...)- adquieren la calificación de trabajadores fijos.
Podéis verlo en el siguiente link:
http://www.ugt.es/DatoBasico/estatutodelostrabajadoresactualizado.pdf (está actualizado a septiembre 2008), si alguien encuentra uno más reciente por favor que lo ponga, que lo ando bucando.
Eso si, mientras no tengas inspección y los trabajadores no te denuncien o bien no superes el limite comentado claro que podrás hacerlo.
Tu piensa que si tienes un accidente de trabajo no seria calificado como tal ya que no estas de alta en la seguridad social con todo lo que ello conlleva.
Y si pillan a la empresa te pillan a ti y seguramente te consideraran igualmente culpable que la empresa y deberas devolver todo lo cobrado en concepto de desempleo mientras estabas trabajando, wueno siempre que se pueda demostrar los periodos en los cuales estando de baja en la seguridad social has estado cobrando el desempleo y a la vez trabajando en la empresa.
La cosa esta muy mala, mi consejo es que en los periodos que te de de baja en la seguridad social no cobres la prestacion por desempleo, ya que como tu dices el empresario te esta pagando la supuesta "nomina" asi qe dinero tendras para subsistir, pero tambien querer cobrar el desempleo me parece un abuso, y ademas peligroso si te pillan cobrando el desempleo y trabajando, es que va un sub-inspector, y en el momento en que te pida el DNI, se os cae el pelo a todos.
Donde dice "mediante uno o más contratos temporales -indistamente de quién sea el empresario (ETT, autónomo, subcontratas...)- adquieren la calificación de trabajadores fijos" debería decir que son DOS o más contratos para el MISMO puesto de trabajo.
Creo que son un par de matices necesarios e importantes.
CrisF, siempre admiro tus comentarios y aquí una vez más te aplaudo. Con tipos así es mejor que ni siquiera pierdas el tiempo en leer ni en escribir, quédate en benidors y hazme un hueco que voy para allá.
Creo que ya hemos dejado claro entre todos que estáis, empresario y trabajadores cometiendo un fraude, lo que pasa es que no queréis admitirlo. Hayá vosotros, sólo deseo que la Inspección os pille pronto.