Mi abuela tiene el usufructo del 50% de un piso, el otro 50% es propiedad de los 5 hijos. Tres de ellos han realizado una donación ante notario firmada por mi abuela del 50% a su favor dejando de lado a los otros dos.Mi abuela ha firmado dicha donación.Como somos conscientes de que ella nunca lo haria si se le hubiera explicado la situación correctamente (ha deseredado a su hija fallecida que mas queria) hemos realizado una grabación donde queda constancia que ella no estaba al corriente de lo que habia hecho.¿ Dicha grabación sirve como prueba ante el Tribunal Penal por coacción? (soy la hija de la hija fallecida)
Antes que acudir a la vía penal, en donde esa grabación quizás no fuera prueba suficiente para demostrar una coacción, debes de tener en cuenta que las donaciones a efectos de herencia son computables, es decir, que si al fallecimiento de la señora resulta que no hay más bienes que repartir, habría que computar las donaciones efectuadas a los tios tuyos a los efectos de igualar al resto de los herederos. Un saludo.