Si los gastos a que se refiere el contrato son los necesarios para el otorgamiento de la licencia de la actividad que se va a ejercer, entiendo que sí el legal que se pacte corran de cuenta del arrendatario.
Creo que no habia especificado suficientemente en mi pregunta el tema de los gastos, hacia alusion a aquellos gastos derivados de la actividad realizada en el local, como pueden ser: licencia de apertura, obras de acondicionamiento para la realizacion de la actividad, en ningun caso se referirian a la propiedad del inmueble.
De todos modos muchas gracias por las aclaraciones, me han servido de mucha ayuda.
Yo no veo claro que sea legal que el arrendatario tenga que hacerse cargo de unos gastos de requerimiento no identificados en el contrato. En primer lugar, no hay requerimiento administrativo que implique gastos, pues la Administración puede requerir que se cumpla una obligación de hacer o de no hacer (solicitar una licencia, realizar alguna obra necesaria, cesar en la realización de una actividad, etc.), o que se abone algún tipo de impuesto (no abonado en plazo), o de sanción. Entiendo que los gastos no determinados en el contrato no deben ser abonados por el arrendatario si se refieren a la propiedad del inmueble. Creo que sólo deberá hacerse cargo de los gastos identificados y determinados en el contrato (IBI y comunidad) y de los que se refieran a la actividad que se realice en el local.
En cualquier caso, creo que lo más sensato es que acudas a un abogado con el contrato para que te informe.
Un saludo
¿Es legal la incluision en un contrato de arrendamiento de local, en la que se expone que todas los gastos derivados de cualquier requerimiento por parte de la autoridad administrativa correrán a cargo del arrendatario?