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Clausula de NO COMPETENCIA

4 Comentarios
 
Clausula de no competencia
26/07/2012 18:43
Hola.
Soy comercial de las Artes Graficas y cuando firme el contrato laboral de duración indefinida, también firme una clausula de no competencia de la cual recibo una mísera cantidad mensual como compensación, que por cierto NUNCA ha sufrido la subida del IPRF anual. El asunto es que la cosa no está muy bien y el Gerente (también propietario) no toma cartas en el asunto y cada día pierdo clientes, y de captar clientes nuevos no quiero ni contaros lo que cuesta en los tiempos que vivimos actualmente. Necesito anular esa clausula y poder ir a prestar mis servicios a otra empresa. Adjunto imagenes de contrato laboral y clausula de no competetencia.
¿cómo puedo anular la clausula de no competencia?
26/07/2012 18:51
Yo no soy capaz de ver los enlaces...que tan si copias y pegas directamente la cláusula...

Supongo que lo que firmaste es un pacto de plena dedicación...es así??
ART. 21.3 ET
En el supuesto de compensación económica por la plena dedicación, el trabajador podrá rescindir el acuerdo y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo, comunicándolo por escrito al empresario con un preaviso de treinta días, perdiéndose en este caso la compensación económica u otros derechos vinculados a la plena dedicación.

Pero ojo...ten en cuenta lo que dice también el art. 21 ET en su apartado 1, porque entiendo que quieres prestar servicios a empresas de la competencia...
No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se convengan.
26/07/2012 18:52
Salvo el supuesto del art. 21.3...tu no puedes unilateralmente modificar las condiciones pactadas pues podría considerarse incumplimiento del contrato....transgresión de la buena fe contractual o cualquier otra causa que cuadre de despido disciplinario.
26/07/2012 19:19
Ainoa1, para ver las imagenes copia y pega en la barra de direccion de tu navegador solo el texto: http.........jpg.
27/07/2012 08:25
Ainoa1, si tengo dedicación plena y cobro una compensacion economica de 30.-€, y entiendo según el apartado Art. 21. 3 que puedo rescindir el contrato laboral avisando a la empresa de mi cese voluntario con una antelacion de 30 días y por escrito, donde dicha clausula queda anulada y obtengo plena libertad. ¿es así?