Tengo un contrato laboral de viajante en el sector de artes graficas, con un salario bruto X, con jornada 40 horas semanales, un contrato normal (del Ministerio de Trabajo) sin nada especial, más el de no competancia que es el que quiero anular, porque aunque en su dia SI firme voluntariamente, a dia de hoy me interesa anular por la politica que lleva la empresa actualmente, politica que no comparto.
Dicho contrato aun no tener fecha de fin de efecto, tampoco creo que sea eterno, alguna manera ha de haber para poder cancelarlo.
Podrías aclarar la naturaleza de tu contrato de trabajo?? Está claro que es una relación laboral por cuenta ajena pero no especificas si se trata de una relación laboral común o de una relación laboral de carácter especial (la cual se regiría por su normativa específica).
Viendo las cláusulas complementaria en el enlace que pegas tengo la sensación de que es una relación laboral especial de representante de comercio, y de ser así el régimen jurídico cambia bastante.
Interesa que, salvo que el convenio colectivo de aplicacion lo mejoro o clare, os leais el art. 21 del ET:
Artículo 21. Pacto de no concurrencia y de permanencia en la empresa.
1. No podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal o cuando se pacte la plena dedicación mediante compensación económica expresa, en los términos que al efecto se convengan.
2. El pacto de no competencia para después de extinguido el contrato de trabajo, que no podrá tener una duración superior a dos años para los técnicos y de seis meses para los demás trabajadores, solo será válido si concurren los requisitos siguientes:
Que el empresario tenga un efectivo interés industrial o comercial en ello, y
Que se satisfaga al trabajador una compensación económica adecuada.
3. En el supuesto de compensación económica por la plena dedicación, el trabajador podrá rescindir el acuerdo y recuperar su libertad de trabajo en otro empleo, comunicándolo por escrito al empresario con un preaviso de treinta días, perdiéndose en este caso la compensación económica u otros derechos vinculados a la plena dedicación.
4. Cuando el trabajador haya recibido una especialización profesional con cargo al empresario para poner en marcha proyectos determinados o realizar un trabajo específico, podrá pactarse entre ambos la permanencia en dicha empresa durante cierto tiempo. El acuerdo no será de duración superior a dos años y se formalizará siempre por escrito. Si el trabajador abandona el trabajo antes del plazo, el empresario tendrá derecho a una indemnización de daños y perjuicios.
Hasta donde yo tengo entendido será una cláusula de no competencia que se anulará una vez finalice el contrato (A no ser que se estipule lo contrario en dicha cláusula). A mí al menos me hicieron firmar una hace tiempo y se especificaba en dicha cláusula que se mantendría en vigor pasados 2 años después de la finalización de la relación laboral pero que, por las mismas, la empresa me pagaría por "cohibir" mi trayectoria profesional. ¿Tienes la propia cláusula? Porque seguro que comenta hasta cuándo y en qué caso está vigente
Hola, junto a mi contrato laboral de viajante (soy comercial de una industria grafica) existe un contrato de no competencia que acepte en su día, para conseguir el puesto de trabajo.
En mi pensamiento no existe la idea de dejar de prestar mis servicios en dicha empresa, pero si quiero anular ese contrato. ¿como puedo anularlo?