Probablemente ya haya firmado, pero por si le sirve de ayuda, lo que ud menciona es un formalismo que significa concretar el Organo territorial que conocerá del asunto en caso de controversia.
Necesito una respuesta con un poco de urgencia. Esta tarde tengo que firmar un contrato de arrendamiento y en una de las claúsulas dice ".- Ambas partes renuncian expresamente a su fuero propio si lo tuvieren y se someten ante cualquier litigio a los Juzgados y Tribunales de..." ¿Qué significa ésto?