Quiero arrendar mi vivienda a inmigrantes pero ante el temor que una misma vivienda la puedan habitar más personas de las que se considera normal quiero plantear las siguientes preguntas
¿Puedo poner una cláusula que limite el número de persona que podrán vivir en el piso?
Si es afirmativo, ¿podría ser causa de resolución de contrato su incumplimiento si se puediera demostrar?
Si se inclumpliera esta cláusula (dando por hecho que fuera legal), ¿se podría poner una penalización económica y que su incumpliento o falta de pago puediera dar lugar al fin de contrato?