lo primero de todo quisiera agracecer todas las posibles respuestas... se que tengo que ir a una asesoria pero me pueden servir vuestras opiniones...
hace 2 años mi cuñado firmo un contrato de cesion... el pago 10.000 euros pero por unos motivos no figuran en el contrato (peor aun tampoco hay constancia de ello en ningun otro papel)... en el contrato figura que mi cuñado estara obligado a pagar 1 euro al dia durante la vida del cedente, y despues de eumerar las obligaciones de ambos se dice que en defecto se regira por la ley de renta vitalicia...
esta clausula no se le dio importancia (se suponia que era paripe...ya que eran amigos) dos años despues se pide el dinero... yo he mirado un poco el asunto... no encuentro que exista una ley de renta vitalicia...solo en el CC en los art 1802 y ss y creo que se regira por la ley de arrendamientos urbanos...
otro punto a destacar es que el cedente no es el propietario de la vivienda donde esta el negocio y mi cuñado a parte de este contrato tiene otro con el el dueño de la misma (no hay ningun problema) mi pregunta es ¿mi cuñado tiene que pagar? ¿no es abusiva esa clausula? ¿es legal el contrato? no se la verdad que ando un poco perdida...
muchas gracias